Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Septiembre de 2009, R. 846. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 846. XLII.

R., M.;Ricardo c/ P.E.N. s/ amparo.

Buenos Aires, 29 de septiembre de 2009 Vistos los autos:

ARins, M.;Ricardo c/ P.E.N. s/ amparo@.

Considerando:

Que las cuestiones planteadas en los presentes autos son sustancialmente análogas a las consideradas en las causas A.1518.XXXIX "A., M.;José y O.;Cornejo de A., T. c/ Banco de la Nación Argentina s/acción declarativa de inconstitucionalidad" y C.2682.XXXIX "C., J.;Fernando c/ Estado Nacional y otros s/ amparo e inconstitucionalidad", ambas falladas el 12 de mayo de 2009, a cuyos fundamentos corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad.

Los jueces Highton de N. y Z. se remiten a sus disidencias en las referidas causas.

El texto de los precedentes mencionados se encuentra publicado en la página web del Tribunal.

Por ello, por mayoría, se declaran formalmente admisibles los recursos extraordinarios y se revoca la sentencia apelada.

Costas por su orden en razón de tratarse de un régimen jurídico novedoso. N. y devuélvanse los autos a fin de que el tribunal a quo, por quien corresponda, dicte un nuevo fallo con arreglo a la doctrina de los precedentes mencionados. R.;LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NO- LASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFA- RONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por el Banco Hipotecario S.A., representado por el Dr. J.;Eduardo Baistrocchi y el Estado Nacional, representado por el Dr. J.M.;Abdala.

Traslado contestado por M.;Ricardo Rins, por derecho propio, con el patrocinio letrado de la Dra. M.;Fernanda Morchio.

Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de Mendoza.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la ciudad de San Juan n1 2. -1-

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