Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Julio de 2009, R. 183. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 183. XLV.

RECURSO DE HECHO

Red Hotelera Iberoamericana S.A. c/ Costa Galana S.R.L.

Buenos Aires, 28 de julio de 2009 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la actora en la causa Red Hotelera Iberoamericana S.A. c/ Costa Galana S.R.L.@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 3. N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN C.M..

Recurso de hecho interpuesto por la Red Hotelera Iberoamericana S.A., actora en autos, representada por el Dr. D.O.B.O. en su calidad de apoderado, con el patrocinio letrado de la Dra. L.B.P..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal (Sala II).

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil y Comercial Federal n° 9.

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