Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Junio de 2009, M. 380. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M.380.XLI R.O.

Mantovani, P. c/ ANSeS s/ prestaciones varias.

Buenos Aires, 23 de junio de 2009 Vistos los autos: AMantovani, P. c/ ANSeS s/ prestaciones varias@.

Considerando:

Que la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social, sobre la base de lo resuelto por la Corte Suprema en el precedente A.R.@ y en el informe de la Dirección General de Rentas de la provincia de Buenos Aires, así como en el dictamen socioeconómico producido en la causa, confirmó la sentencia de primera instancia que, al revocar la decisión administrativa, había ordenado a la ANSeS que otorgara al actor, posteriormente fallecido, el beneficio previsional solicitado y efectuara los descuentos por aportes adeudados.

Contra dicho pronunciamiento la ANSeS dedujo recurso ordinario que fue declarado procedente (art. 19 de la ley 24.463).

Que los agravios de la apelante vinculados con la valoración del citado dictamen socioeconómico que efectuó el tribunal, resultan inadmisibles. La parte se limita a señalar que dicho informe sólo acreditaba la situación económica actual de la esposa del peticionario, pero no se hace cargo de que también se hizo mérito de las dificultades laborales y de la salud que presentó el peticionario del beneficio que incidieron en la posibilidad de realizar los aportes de ley en tiempo y forma, así como de la voluntad de efectuar dichos pagos cuando la situación patrimonial se lo permitió, aspectos que autorizaron la solución impugnada y que al no haber sido objeto de reproche por la interesada llevan a declarar

la deserción del recurso.

Por ello, se declara desierto el recurso ordinario deducido por la ANSeS.

N. y devuélvase.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M.

ARGIBAY.

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