Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Junio de 2009, C. 65. XLV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N1 65. XLV.

S., S.M. y otros s/ lesiones recíprocas.

Buenos Aires, 17 de junio de 2009 Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F. a los que corresponde remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá enviarse el presente incidente al Juzgado Nacional en lo Correccional n1 14, a sus efectos. Hágase saber al Juzgado en lo Contravencional y de Faltas n1 8. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

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