Disposición Nº 1015/GCABA/DGET /14
Firmantes | Nardi |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Evaluación Técnica - Apra |
Fecha de la disposición | 29 de Agosto de 2014 |
VISTO:
Las Leyes N° 123 y N° 2.216, los Decretos N° 1.352/02 y N° 222/12, la Resolución N°
873- SSMAMB/04 y sus modificatorias, la Resolución N° 254-MMAGC/07, la
Disposición N° DI-2012-117- DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2014-7.979.275-
MGEYA-APRA, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "(700.400) Laboratorio de análisis clínicos. (700.401) Laboratorio de estudios
radiológicos. (700.402) Laboratorio de estudios especiales", a desarrollarse en
Avenida Acoyte N° 286/88, Subsuelo, Planta Baja, 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° Piso, de esta
Ciudad, con una superficie de 1.355,86 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción:
7, Sección: 45, Manzana: 71, Parcela: 42, Distrito de Zonificación: C3;
Que en el Informe N° IF-2014-11667184-DGET de fecha 15 de agosto de 2.014, la
Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General considera
a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta
menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 1.352/02;
Que de acuerdo al artículo 7° del Decreto N° 222/12, dicha reglamentación será de
aplicación a todos los trámites que se encontraren pendientes a la fecha de su entrada
en vigencia, ello con excepción de las diligencias y plazos que en el marco del
procedimiento hayan tenido principio de ejecución;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria
especial para su verificación;
Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de
conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular
de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se
establecen;
Que la Subgerencia Operativa de Certificación, Registros y Evaluación Técnica Legal,
ha tomado la debida intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2014-
137-APRA y N° RESOL-2014-228-APRA,
EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN TÉCNICA
DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DISPONE
(700.401) Laboratorio de estudios radiológicos. (700.402) Laboratorio de estudios
especiales", a desarrollarse en Avenida Acoyte N° 286/88, Subsuelo, Planta Baja, 1°,
-
, 3°, 4°, 5°, 6°, 7° Piso, de esta Ciudad, con una superficie de 1.355,86 m2,
Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 7, Sección: 45, Manzana: 71, Parcela: 42,
Distrito de Zonificación: C3, como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba