Resolución Nº 1849/2014

Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2014



INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 1849/2014Bs. As., 1/8/2014

VISTO el Expediente Nº 6257/14/INCAA del registro de este Instituto, la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias, la Ley Nº 26.522, el Decreto Nº 1225/2010, el Acta celebrada entre el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

CONSIDERANDO:

Que dentro de los Proyectos previstos por el CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE, en adelante CONSEJO ASESOR del SATVD-T, y en el marco del Plan Operativo de Fomento y Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales del SATVD-T, se encuentra el de promover la producción de contenidos audiovisuales que afiancen la comunicación en nuestro país con un sentido federal, brindando a los televidentes de todo el país, un contenido de excelencia.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES y el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en adelante MINPLAN, firmaron un Acta para el Desarrollo de Proyectos de Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales, con el objeto de que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA, organice Concursos de promoción y fomento de alcance federal y nacional.

Que resultó de este acuerdo la puesta en marcha de una nueva etapa del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES.

Que la ejecución de convenios anteriores ha logrado resultados sobresalientes, permitiendo el cumplimiento de los objetivos definidos para cada etapa.

Que la gestión y coordinación de los llamados a concurso, que resulten, será responsabilidad del INCAA.

Que el Concurso CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES tiene como objetivos desarrollar las capacidades profesionales de directores, productores y guionistas independientes del país; fomentar la producción de PROGRAMAS INFANTILES que retraten las diversas miradas de los temas relevantes relacionados con la infancia; promover la producción de contenidos dirigidos al público infantil que respeten la base de los catorce (14) criterios acordados por las instituciones y organizaciones nucleadas en el Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la Infancia (CONACAI) y adjuntos en el ANEXO II; promover la diversidad cultural de las diferentes regiones del país y contribuir a la formación de un acervo de contenidos audiovisuales para televisión digital que integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA) administrado y coordinado por el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.

Que por lo expuesto el INCAA llama a Concurso para la producción de SIETE (7) CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES dirigidos al público infantil, con la finalidad de que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacional, provincial y regional y contribuyan al desarrollo de contenidos de calidad destinados a la infancia. Cada PROGRAMA INFANTIL, cuyos destinatarios serán niños y niñas de entre 6 a 12 años deberá tener una duración total mínima diaria de VEINTICUATRO (24) minutos, y máxima de NOVENTA Y SEIS (96) minutos (incluidos títulos y rodantes) a emitirse de lunes a viernes durante un período no inferior a SEIS (6) MESES corridos completos o CIENTO VEINTE (120) PROGRAMAS, a realizarse con un presupuesto máximo por CICLO de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-).

Que los titulares de los proyectos que resulten ganadores cederán los derechos de los mismos al ESTADO NACIONAL, quien gozará de los derechos patrimoniales o de explotación que de los mismos se deriven.

Que además y como parte integrante del premio, con el fin de aportar a la difusión en el mundo de los contenidos producidos, se autoriza a los presentantes que resulten ganadores la comercialización internacional de la obra audiovisual.

Que los presentantes de los proyectos que resulten ganadores del Concurso firmarán un Contrato de Instrumentación de Premio con el INCAA obligándose a cumplir con todos los requerimientos que se explicitan en la presente Resolución.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para la Televisión, Internet y Videojuegos han tomado la intervención que les compete.

Que en consecuencia corresponde dictar la Resolución fijando las Bases para la participación en el citado concurso.

Que la presente Resolución se dicta de acuerdo a las facultades otorgadas por la Ley Nº 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias, la Ley Nº 26.522, y el Decreto Nº 1225/2010,

Por ello,

LA PRESIDENTA

DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Llámese a Concurso para la producción de SIETE (7) CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES A PRODUCTORAS Y/O CANALES ASOCIADOS A PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES Y/O CANALES EN CALIDAD DE PRODUCTORAS PARA TELEVISION DIGITAL con la finalidad de que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacional, provincial y regional, y contribuyan al desarrollo de contenidos de calidad destinados a la infancia.

ARTICULO 2°

— Apruébense las BASES DEL CONCURSO DE SERIES DE CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES, que como ANEXOS I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX forman parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3°

— La participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en las Bases y Condiciones del mismo.

ARTICULO 4°

— Cualquier hecho no previsto en el mismo será resuelto por el INCAA conjuntamente con el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.

ARTICULO 5°

— La ejecución del mismo en tiempo y forma estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES.

ARTICULO 6°

— Publíquese en el Boletín Oficial durante el plazo de dos días en la primera sección.

ARTICULO 7°

— Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

ANEXO I - Resolución Nº 1849

PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES - EDICION 2014

BASES Y CONDICIONES PARA EL CONCURSO CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES PARA TELEVISION DIGITAL

CAPITULO I - DEL OBJETO
  1. - El INCAA en el marco del Acta suscripta con el MINPLAN, y a través de la Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para Televisión, Internet y Videojuegos, llama al Concurso de CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES a PRODUCTORAS Y/O CANALES ASOCIADOS A PRODUCTORAS CON ANTECEDENTES Y/O CANALES EN CALIDAD DE PRODUCTORAS PARA LA TELEVISION DIGITAL a presentar proyectos inéditos de CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES de una duración total mínima diaria de VEINTICUATRO (24) minutos y máxima de NOVENTA Y SEIS (96) minutos por PROGRAMA (incluidos títulos y rodantes), a emitirse de lunes a viernes durante un período no inferior a SEIS (6) MESES completos o CIENTO VEINTE (120) CAPITULOS.

  2. - El contenido de los CICLOS estarán destinados a niños y niñas pertenecientes a la franja etaria de 6 a 12 años.

  3. - El monto que se otorgará a la producción de cada proyecto seleccionado será de una suma total de hasta UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000.-).

  4. - Los CICLOS DE PROGRAMAS INFANTILES deberán ser realizados y concluidos en su totalidad con el aporte del premio. Si en su defecto los costos de producción excedieran el valor presupuestado y presentado oportunamente al concurso, corresponderá exclusivamente al PRESENTANTE del proyecto que resulte ganador hacerse cargo del aporte de los recursos complementarios.

  5. - El proyecto deberá ser inédito y deberá emitirse como parte de la programación del Canal presentante o asociado, conforme éste la diseñe para el año 2014 y, de ser necesario, durante el período 2015.

  6. - El CICLO no podrá contener publicidad comercial durante la artística, permitiéndose hasta DIEZ (10) placas de agradecimientos o canje en los créditos finales, previa aprobación de los créditos por parte de los organizadores de la convocatoria.

  7. - El CICLO deberá ser emitido por el Canal integrante en el proyecto, sea éste presentante o asociado, dentro de los márgenes pautados por el horario de protección al menor y ateniéndose a las normas establecidas en el Artículo 68 de la Ley 26.522 y su Decreto Reglamentario.

  8. - El soporte de registro deberá ser digital en una resolución no inferior a HD (1920 x 1080 pixels) y su finalización en HD calidad Broadcasting Internacional en soporte HDD (Hard Disc Drive), Wrapper MXF, compresión XDCAM HD 422 50 Mb/s, todo ello de conformidad ANEXO VIII.

CAPITULO II - DE LA CONVOCATORIA
  1. - Fíjase el período para la convocatoria de los proyectos, desde los días 1° de Agosto al 29 de agosto de 2014 como fechas de apertura y cierre de las presentaciones del llamado a Concurso. Los proyectos deberán presentarse ante la Mesa de Entradas del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales – INCAA, ubicada en Lima 319 en el horario de 10 a 17. En los casos de remisiones por vía postal se tomará la fecha de imposición de la Oficina de Correos que se trate. Los Proyectos deberán presentarse de conformidad a lo establecido en el Anexo II de las presentes Bases.

  2. - No se aceptarán inscripciones presentadas o enviadas por correo fuera del plazo...

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