Resolución Nº 2758/GCABA/MEGC/14

FirmantesAnexo
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición15 de Julio de 2014

VISTO:

El Expediente N° 4.063.060/14/MGEYA/DGPLED, y

CONSIDERANDO:

Que uno de los propósitos de la política educativa del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires es el fortalecimiento de la modalidad Técnico Profesional

de nivel secundario mediante su actualización y modernización curricular y

pedagógica, que permitan el desarrollo académico de los estudiantes y su acceso al

segundo ciclo de dicha modalidad;

Que en el marco de los principios, objetivos y postulados sustentados en la Ley de

Educación Técnico Profesional N° 26.058 y en la Ley de Educación Nacional

26.206, en el seno del Consejo Federal de Educación, mediante las Resoluciones N°

47-CFE/08 y N° 84-CFE/09, se aprobaron los documentos "Lineamientos y Criterios

para la Organización Institucional y Curricular de la Educación Técnico Profesional

correspondiente a la educación secundaria y a la educación superior" y los

"Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria",

respectivamente;

Que en las escuelas técnicas secundarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se

encuentran vigentes los planes de estudios no ciclados en Administración de

Empresas y ciclo superior diurno de Administración de Empresas;

Que los mencionados planes de estudios, instituidos con anterioridad a la

transferencia de los servicios educativos a esta jurisdicción, fueron ordenados, en lo

que refiere a su denominación, asignaturas por curso y cantidad de horas cátedra

asignadas, conforme se establece en el Anexo I de la Resolución N° 2990-SED/02;

Que por otra parte, en acuerdo federal de la Asamblea del Consejo Federal de

Educación, mediante la Resolución N° 129-CFE/11 fueron aprobados los documentos

con los marcos de referencia para procesos de homologación de títulos de nivel

secundario Sector "Administración y gestión", conforme se detalla en su Anexo I, a los

efectos de iniciar el proceso de homologación de los títulos de nivel secundario y los

diseños curriculares correspondientes que respondan a estos marcos de referencia;

Que este Ministerio de Educación aprobó los "Criterios generales para la definición

curricular de la Educación Técnico Profesional de nivel secundario", mediante la

Resolución N° 1281-MEGC/11, modificada por el artículo 16 de la Resolución N° 4145-

SSGECP/12;

Que resulta necesario tomar en consideración los lineamientos señalados para la

revisión y reformulación de los planes de estudio de dicha modalidad educativa, con el

objeto de resguardar la validez nacional de los títulos técnicos de nivel secundario y el

alcance de sus habilitaciones profesionales;

Que este Ministerio de Educación adopta, a los fines de la homologación y validez

nacional de los...

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