Disposición Nº 1/2014

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE
Fecha de la disposición 3 de Enero de 2014



MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición Nº 1/2014Bs. As., 3/1/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0006829/2013 del registro de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley de Migraciones Nº 25.871 y su Decreto Reglamentario Nº 616 del 3 de mayo de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo normado por la Ley Nº 25.871 la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, es el órgano de aplicación de la presente ley, con competencia para entender en la admisión, otorgamiento de residencias y su extensión, en el Territorio Nacional y en el exterior.

Que la Ley Nº 25.506 y su reglamento aprobado por Decreto Nº 2628/02 regulan la eficacia y utilización de la firma digital y de la firma electrónica, así como también del documento electrónico con la finalidad de ofrecer mayor seguridad jurídica en los diferentes procedimientos de carácter administrativo esenciales para el funcionamiento del Estado, contribuyendo a mejorar su gestión y facilitar el acceso de la comunidad a la información pública.

Que el Decreto Nº 378/05 aprobó los Lineamientos Estratégicos que rigen el Plan Nacional de Gobierno Electrónico y los Planes Sectoriales de Gobierno Electrónico de los organismos de la Administración Pública Nacional, con el objeto de promover el empleo eficiente y coordinado de los recursos de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

Que por Disposición DNM Nº 637/10 se aprobó como directiva estratégica para la implementación de tecnologías de información, la incorporación de la Firma Digital en los procesos sustantivos de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.

Que a través de las Disposiciones DNM Nº 842/12 y Nº 843/12 se aprobó el “MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE CAPTURA DE PATRONES BIOMETRICOS”, implementándose su aplicación para el control del ingreso y egreso de personas en ciertos pasos fronterizos, y la “POLITICA DE USO DE CREDENCIALES Y FIRMA DIGITAL”.

Que frente a la necesidad de continuar con la implementación gradual de las tecnologías de la información en los diferentes procedimientos que se llevan a cabo en el Organismo, y de conformidad con lo normado por el artículo 37 del Decreto Nº 2628/02, se procedió al dictado de las Disposiciones DNM Nº 1288/13 y su modificatoria Nº 4534/13, y Nº 2514/13, a través de las cuales se creó el “REGISTRO DE FUNCIONARIOS AUTORIZADOS A FIRMAR DIGITALMENTE” y se autorizó la sustitución de la firma ológrafa por la digital para los trámites generados en el marco del aplicativo SADEX, creado por Disposición DNM Nº 2/09.

Que, en ese entendimiento, la DIRECCION GENERAL DE SISTEMAS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, en virtud de los requerimientos elaborados por la DIRECCION DE RADICACIONES dependiente de la DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION, ha desarrollado la Revisión 4 de la Documentación Técnica del Plan de Proyecto “Aplicativo SADEX - Expediente Digital” y la Versión 3 del SADEX como el Manual del Usuario respectivo.

Que en virtud de ello, siendo que los documentos serán digitalizados, resulta adecuado reformular los procedimientos relativos a la toma de trámites, la digitalización de la documentación, el envío de expedientes entre las diferentes dependencias del Organismo y la toma de vistas, entre otros.

Que el proyecto de “SADEX - EXPEDIENTE DIGITAL” es la culminación de un nuevo proceso de toma y resolución de trámites que deja completamente atrás la intervención manual y en papel que se realizaba anteriormente en la DIRECCION DE RADICACIONES de la DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION.

Que la implementación del proyecto “SADEX - EXPEDIENTE DIGITAL” comprende también la digitalización de los expedientes existentes a la fecha en soporte papel, los que una vez digitalizados poseerán el mismo valor que los originales, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 11 y 12 de la Ley Nº 25.506, y 5° del Decreto Nº 2628/02.

Que los documentos electrónicos que surjan de la digitalización antes mencionada serán firmados digitalmente, de conformidad con lo normado por la Ley Nº 25.506, resultando los mismos plenamente hábiles para ser utilizados como prueba en un proceso judicial o extrajudicial.

Que, a los efectos de lo normado por el artículo 38 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Nº 1759/72 (t.o. 1991) en lo relativo a la toma de vista de las actuaciones que tramiten como expediente digital, la misma se efectuará con intervención de personal de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, que dará acceso al expediente a quien resulte autorizado en el pedido de vista.

Que, cuando un expediente sea requerido por autoridad judicial o administrativa, se remitirá una copia del mismo, ya sea en soporte digital o en soporte papel, debidamente intervenida por el funcionario competente de esta Dirección Nacional.

Que a fin de receptar las modificaciones propuestas resulta necesario aprobar una nueva versión del aplicativo “SADEX - EXPEDIENTE DIGITAL” que deberá ser utilizado para todos los trámites de regularización migratoria cuyos procedimientos están contemplados en los Instructivos aprobados mediante las Disposiciones DNM Nº 1488/10 y Nº 1105/11.

Que el COMITE DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la medida se adopta en el marco de la política de eficacia y facilitación devenida de los Programas de Mejoramiento de la Calidad “Carta Compromiso con el Ciudadano” y la Norma ISO 9001:2008.

Que la DIRECCION GENERAL TECNICA – JURIDICA, la DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION y la DIRECCION GENERAL DE SISTEMAS Y TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES han tomado la intervención que les compete.

Que la presente se dicta de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 25.871 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 616 del 3 de mayo de 2010, el artículo 29 de la Ley Nº 25.565 y el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL

DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTICULO 1°

— Apruébase el aplicativo “SADEX - EXPEDIENTE DIGITAL”, el que será implementado obligatoriamente para todos los trámites de admisión que se lleven a cabo en la DIRECCION DE RADICACIONES dependiente de la DIRECCION GENERAL DE INMIGRACION y en todas las Delegaciones de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES a partir del día de la fecha.

ARTICULO 2°

— Apruébase el “INSTRUCTIVO PARA EL INICIO DE TRAMITES DIGITALES EN EL APLICATIVO SADEX”, que como ANEXO I forma parte de la presente medida.

ARTICULO 3°

— Apruébase el “PROTOCOLO PARA LA DIGITALIZACION DE EXPEDIENTES”, que como ANEXO II integra la presente Disposición.

ARTICULO 4°

— Establécese que en todos los trámites la digitalización de los documentos deberá efectuarse sobre la base de sus originales. En los casos en que se presentaran copias simples o certificadas, el agente interviniente deberá dejar expresa constancia de ello y proceder a su digitalización.

En todos los supuestos, la documentación aportada por el peticionante para iniciar el trámite deberá ser restituida al mismo.

ARTICULO 5°

— Determínase que todos los expedientes iniciados manualmente en Sede Central deberán encontrarse resueltos al 31 de enero de 2014, mientras que los iniciados en las Delegaciones del interior del país tendrán plazo hasta el 28 de febrero de 2014.

ARTICULO 6°

— Los expedientes que, por causa fundada, no se encuentren resueltos en las fechas estipuladas en el...

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