Resolución Nº 622/2014

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición30 de Junio de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 622/2014

Sustitúyese el artículo 2° de la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Nº 497/08.

Bs. As., 30/6/2014

VISTO el Expediente Nº 1.263.873/2008 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por el Decreto Nº 438/92), la Ley de Empleo Nº 24.013, el Decreto Nº 84 del 23 de enero de 2014, el Convenio del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 27 del 19 de febrero de 2014, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 45 del 16 de enero de 2006 y sus modificatorias, Nº 497 del 13 de mayo de 2008 y sus modificatorias, Nº 708 del 14 de julio de 2010 y su modificatoria, y Nº 695 del 13 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 84/14 se creó el PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR) destinado a generar nuevas oportunidades de inclusión social y laboral para jóvenes en situación de vulnerabilidad a través de acciones integradas que permitan su capacitación e inserción laboral.

Que por el artículo 2° del Decreto Nº 84/14 se creó, en el marco del citado Programa, la prestación PROGRESAR destinada a jóvenes entre DIECIOCHO (18) y VEINTICUATRO (24) años que tanto ellos como su grupo familiar se encuentren desocupados o se desempeñen en la economía informal o formal y tengan ingresos no superiores al Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Que la prestación PROGRESAR consiste en una suma de dinero no contributiva y mensual que se abona a las y los jóvenes de DIECIOCHO (18) a VEINTICUATRO (24) años que deciden iniciar o completar su formación.

Que para acceder a dicha prestación, las y los jóvenes interesados deben acreditar la asistencia a una institución educativa de gestión estatal o a centros de formación acreditados ante este Ministerio.

Que el control de las condiciones de accesibilidad a la prestación PROGRESAR, así como su pago, se encuentran a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Que por el artículo 16 del Decreto Nº 84/14, se estableció que este Ministerio desarrollará acciones para el acompañamiento de los titulares de la prestación PROGRESAR a través del PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO como así también mediante otras actividades o programas que tengan por objeto la capacitación e inserción laboral de jóvenes.

Que el día 19 de febrero de 2014 este Ministerio suscribió su Convenio Nº 27/14 con la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL con el objeto de establecer un esquema coordinado de colaboración para la implementación del PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR) y su articulación con los programas y acciones de empleo y formación profesional ejecutados por esta cartera de Estado.

Que en función de lo prescripto por el artículo 16 del Decreto Nº 84/14, corresponde incorporar a las y los jóvenes incluidos en el PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR) como población destinataria de los programas y acciones de empleo y formación profesional implementados por este Ministerio, así como también adaptar sus prestaciones y aspectos operativos a fin de posibilitar su articulación e integración con el PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS (PROGRESAR).

Que a tal fin es necesario adecuar los marcos normativos del PROGRAMA JOVENES CON MAS Y MEJOR TRABAJO, creado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 497/08; del PROGRAMA DE INSERCION LABORAL, creado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 45/06; de las ACCIONES DE ENTRENAMIENTO PARA EL TRABAJO, reguladas por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 708/10, y del PROGRAMA CONSTRUIR EMPLEO, creado por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 695/12.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto...

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