Resolución Nº 300/2014

EmisorMinisterio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Fecha de la disposición31 de Marzo de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

ResoluciónNº 300/2014Otórgase a la Asociación Sindical de Empleados Profesionales y Jerárquicos Municipales de Berazategui la Personería Gremial.

Bs. As., 31/3/2014

VISTO el Expediente Nº 1.360.043/2009 del Registro de este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 23.551, su modificatoria por Ley Nº 25.674 y Ley Nº 26.390, Decretos reglamentarios Nº 467/88 y Nº 514/03; y,

CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado tramita la solicitud de reconocimiento de la Personería Gremial formulada por la ASOCIACION SINDICAL DE EMPLEADOS PROFESIONALES Y JERARQUICOS MUNICIPALES DE BERAZATEGUI con fecha 1 de diciembre de 2009.

Que por Resolución Nº 1100 de fecha 29 de septiembre de 2008 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la mencionada entidad obtuvo Inscripción Gremial, la que se encuentra registrada bajo el Nº 2644.

Que el ámbito reconocido a la entidad conforme su inscripción gremial comprende a los empleados, profesionales y jerárquicos que se desempeñen bajo relación de dependencia con la Municipalidad de Berazategui; con zona de actuación en la Municipalidad de Berazategui de la Provincia de BUENOS AIRES.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 25 de la Ley Nº 23.551 se ha valorado la acreditación del universo de trabajadores y la acreditación de la representatividad respecto del ámbito pretendido, por el período que comprende los meses de junio a noviembre de 2009 inclusive; conforme la prueba efectivamente aportada por la peticionante en autos.

Que la entidad acreditó poseer en el período semestral pertinente, una representación cotizante superior al veinte por ciento (20%) respecto de los trabajadores profesionales y jerárquicos que se desempeñan bajo relación de dependencia con la Municipalidad de Berazategui; con zona de actuación en la Municipalidad de Berazategui de la Provincia de BUENOS AIRES, ámbito sobre el cual versaré la presente Resolución, conforme lo previsto por el artículo 25 de la ley 23.551.

Que pudiendo existir en el ámbito y zona de actuación solicitado, colisión con los ámbitos que detentan sindicatos de primer grado con personería gremial preexistente, se corrió traslado en virtud de lo prescripto en el artículo 28 de la Ley Nº 23.551 a las siguientes entidades: UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION, ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO y UNION OBREROS Y EMPLEADOS MUNICIPALES DE...

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