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EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición19 de Febrero de 2014

ACUERDO Nº 5.804Mendoza, 19 de febrero de 2014Visto la necesidad de introducir modificaciones en el texto del reglamento de las notificaciones por medio digital aprobado por Acuerdo Nº 5576, con la finalidad de adecuar su aplicación gradual por parte de este Tribunal y de los órganos cuentadantes; yCONSIDERANDO:I. Que resulta conveniente establecer un nuevo texto actualizado y ordenado del Acuerdo de que se trata, cuya emisión tuvo por objeto dar cumplimiento a lo reglado porel art. 36 ter de la Ley Nº 1003, incorporado por el art. 147 de la Ley Nº 8399.II. Que las modificaciones que se introducen en la reglamentación tienden a:a) Facilitar el acceso de los cuentadantes a los instructivos de este Tribunal.b) Permitir adecuaciones técnicas informáticas sin necesidad de introducir continuas reformas reglamentarias.c) Agilizar la suscripción digital de los documentos que se emiten, mediante su firma por parte de los funcionarios responsables de las distintas Direcciones que intervienen en su elaboración.d) Optimizar el uso de los recursos informáticos con que cuenta este Tribunal y asegurar el máximo aprovechamiento de los equipos y dispositivos de firma digital adquiridos con esa finalidad.e) Establecer el modo de certificación y protocolización de los documentos que emite este Tribunal.Por lo tanto, en uso de sus facultades,EL TRIBUNAL DE CUENTASDE LA PROVINCIARESUELVE:Artículo 1º - Aprobar el siguiente texto ordenado y actualizado del Acuerdo Nº 5576:Mendoza, 13 de junio de 2012Visto en el Acuerdo de la fecha la necesidad de reglamentar los medios electrónicos que deben utilizarse para el cumplimiento de las notificaciones que se practiquen en el ámbito de este Tribunal, de conformidad con las modificaciones introducidas en la Ley Nº 1003 por la Ley Nº 8399; yCONSIDERANDO:I. Que este Tribunal debe emitir el reglamento previsto en el art. 36 ter de la Ley Nº 1003, incorporado por el art. 147 de la Ley Nº 8399.II. Que el Poder Judicial de la Provincia de Mendoza, dentro del proceso de cambio y modernización en la prestación del servicio de justicia que viene desarrollando, ha reglamentado el uso de herramientas de gestión con aplicación de tecnología informática a los procesos judiciales, de conformidad con las normas de procedimiento emanadas de la Legislatura Provincial. Este Tribunal de Cuentas, al proponer el contenido legal que sostiene su propio programa de modernización mediante la adopción de tecnología digital, lo ha hecho en términos análogos a los que contiene el Código Procesal Civil, con la evidente finalidad de evitar una dispersión de contenidos normativos que pueda perjudicar el objetivo que se persigue, a la vez que afianzar los principios de seguridad jurídica y eficacia de la gestión que requiere su desempeño conforme el modelo de control contable del sector público adoptado por la Provincia de Mendoza.III. Que la Ley Nº 1003, en el artículo citado, autoriza el uso de comunicaciones por medios electrónicos, a través de documentos firmados digitalmente para cumplimentar sus notificaciones en el domicilio real o legal. Del mismo modo, confiere facultades a este Tribunal para disponer, por vía de reglamentación, que los funcionarios y demás personas...

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