Sentencia nº 195688 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12, 14 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2014
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12

AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B-195.688/08, caratulado: "Sucesorio: CARRETERO, JULIO ROBERTO" a fin de resolver sobre el pedido del sobreseimiento de este proceso y la expedición de las correspondientes hijuelas, y

CONSIDERANDO:

Que en autos se ha dictado Declaratoria de Herederos la cual rola a fs. 78/79.

Que se ha practicado el Inventario y Avalúo de los Bienes de la Sucesión, el que obra agregado a fs. 87/88, encontrándose el mismo aprobado según constancias de fs. 91.

Que se ha remitido la causa a la Dirección Provincial de Rentas, informando ésta a fs. 98 que ha liquidado la Tasa de Justicia, y a fs. 106 que la misma se encuentra cancelada.

Que a fs. 107y vta., obra agregada cesión de derechos y acciones efectuada por la cónyuge del causante Sra. A.T. delV.F., a favor de su hijo y heredero Sr. R.E.C., de todos lo que pudiera corresponderle en esta sucesión.

Que por ello, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 3545, 3570, 3565, siguientes y concordantes del Código Civil y arts. 446 y 450 del Código Procesal Civil, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 6, Secretaría Nº 11,

RESUELVE:

I.-S. el presente Juicio Sucesorio de CARRETERO, JULIO ROBERTO, a favor de los herederos declarados en autos.

  1. Adjudicar al heredero y cesionario; Sr. R.E.C., mayor de edad, D.N.I. Nº 16.886.903, CUIL Nº 20-16886903-8, casado, con domicilio en calle R. de V.N. 141casa Nº 7 de esta ciudad Capital, la totalidad de los bienes inventariados a fs. 87/88, en las proporciones del 100%, a merito de la cesión de derechos y acciones obrante a fs. 107.

  2. Regular los honorarios profesionales de la Dra. G.C. en la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 4.500) y los de la NATALIA OCHOA en la suma de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000), por sus respectivas actuaciones en el doble carácter, monto obtenido teniendo en cuenta las etapas cumplidas, la valuación efectuada a fs. 87/88 de autos, y de conformidad a lo dispuesto por los Arts. 16, 4, 2, 10 y concordantes de la Ley Nº 1.687 y de la citada letrada como P.I. y Avaluador en la suma PESOS SETECIENTOS VEINTE ($ 720), la que...

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