Sentencia nº 272100 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12, 11 de Marzo de 2014

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2014
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 12

AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº B-272.100/12, caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA POR COBRO DE ALQUILERES: LLAÑES, EVANGELISTA C/ PALACIOS PONTES, JULIO NICOLAS”, del que,

RESULTA:

Que a fs. 10/11 se presenta el Dr. H.M.S., en nombre y representación de la Sra. E.L. promoviendo juicio ejecutivo por cobro de alquileres por la suma de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTE ($ 4.320), comprensivos de cuotas locativas vencidas y no pagadas por los meses de noviembre y diciembre del año 2.011 y enero y febrero del 2.012, como así también por los meses de julio de 2.011 a febrero de 2.012 por el uso de cochera y proporcional de servicios, en contra del Sr. Julio N.P.P..

Que, la deuda reclamada surge de un contrato de locación suscripto por las partes, y que según se refiere el mismo fue incumplido, dejándose injustificadamente de abonar los alquileres que precisa.

Que, a fs. 12 se ordena citar al accionado a los fines de preparar la vía ejecutiva, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 475 del C.P.C., compareciendo el mismo a fs. 17, audiencia en la que el citado reconoce la relación locativa que se desprende del título que se le exhibe, manifestando que la firma que figura en el mismo le pertenece, reconociendo que es locatario, que el precio convenido es de $ 800 y que a dicha fecha no adeuda pago de alquiler alguno, comprometiéndose a presentar los comprobantes de pago por consignación.

Que, a fs. 23 se ordena librar en contra del accionado el respectivo mandamiento de intimación de pago y citación para oponer excepciones legítimas si las tuviere, medida que se efectiviza según constancias de fs. 19/20 vta..

Que, a fs. 53/56 se presenta el Dr. R.F.C. en representación del accionado, e interpone la excepción de pago de la deuda reclamada, acompañando recibos de pago, dos facturas de EJESA y un informe de saldo bancario. Finalmente ofrece pruebas y solicita se haga lugar a la excepción planteada, rechazándose la demanda por el monto pretendido, con costas.

Que, a fs. 57 se corre el traslado de ley a la demandante, de la excepción interpuesta, la que contesta a fs. 60 y vta., solicitando el rechazo de la misma por los fundamentos que expone y a los cuales me remito en honor a la brevedad.

Que, a fs. 68 se abre la causa a prueba y se procede a solicitar a Superintendencia la indicación del perito calígrafo que por turno corresponda designar, recibiéndose del cargo a fs. 74 el P.R.R.O., quien peticiona los elementos necesarios y el...

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