Resolución Nº 199/2014

Fecha de disposición28 Febrero 2014
Fecha de publicación06 Marzo 2014
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32840



MINISTERIO DE INDUSTRIA

SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

ResoluciónNº 199/2014Bs. As., 28/2/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0033527/2014 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA, lo dispuesto por la Ley Nº 25.300, los Decretos Nros. 1.074 de fecha 24 de agosto de 2001, 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones, y 400 de fecha 23 de abril de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones fue aprobado y modificado el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional Centralizada.

Que mediante el dictado del Decreto Nº 964 de fecha 1 de julio de 2010 le fue asignada a la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA, competencia para entender en la aplicación de las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros. 24.467 y 25.300 y de las disposiciones dictadas en consecuencia, en su carácter de Autoridad de Aplicación.

Que el Artículo 2º de la Ley Nº 25.300 creó el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME), cuyo objeto es realizar aportes de capital y brindar financiamiento a mediano y largo plazo para inversiones productivas a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y formas asociativas comprendidas en el Artículo 1° de la citada ley.

Que el Artículo 5º de la Ley Nº 25.300 estableció que la elegibilidad de las inversiones a financiar con recursos del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME) estará a cargo de un Comité de Inversiones, cuyos miembros serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, determinando también que la selección y aprobación de proyectos deberá efectuarse mediante concursos públicos.

Que el Decreto Nº 1.074 de fecha 24 de agosto de 2001, reglamentó la Ley Nº 25.300 estableciendo las condiciones bajo las cuales se constituirá el FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME) y regulando el funcionamiento del Comité de Inversiones.

Que dicho decreto también dispuso que para la selección de proyectos de inversión a financiar en forma directa, el Comité de Inversiones convocará públicamente a la presentación de los mismos, y establecerá los requisitos y procedimientos que deberán satisfacer dichos proyectos.

Que el Artículo 12 y siguientes del Decreto Nº 1.074/01, reglamentaron la integración, funciones y atribuciones del Comité de Inversiones del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME).

Que el Artículo 2º del Decreto Nº 1.074/01 determinó que los proyectos susceptibles de recibir aportes del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME), serán aquellos presentados por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas existentes, o a ser creadas en el marco de dichos proyectos, o por formas asociativas constituidas exclusivamente por éstas.

Que asimismo dispuso que dichos proyectos deberán tener por objeto la realización de inversiones que creen o amplíen su capacidad productiva o introduzcan nuevos productos o procesos de producción que mejoren en forma comprobable la competitividad de dichas empresas.

Que el Decreto Nº 1.074/01 dispone que la Autoridad de Aplicación establecerá, según los Artículos 6º, 7º y 8º, respectivamente, los criterios y mecanismos a seguir para calificar los proyectos de inversión que se presenten, los que deberán ser conocidos públicamente con anterioridad a la convocatoria para su presentación; establecerá los montos máximos para la financiación de proyectos, procurando evitar la excesiva concentración de la asistencia financiera en un reducido número de empresas; e instrumentará mecanismos operativos para fomentar y asistir a las empresas en la presentación de proyectos.

Que el análisis de los resultados arribados con la ejecución de las distintas convocatorias del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME), demuestran que se consiguió alcanzar un importante número de empresas, a lo largo de todo el país, brindando asistencia crediticia para proyectos de inversión o adquisición de bienes de capital aplicados a la producción, a tasas de interés preferenciales, plazos adecuados a las necesidades de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y en moneda local.

Que el Artículo 14, inciso b) del Decreto Nº 1.074/01 faculta al Comité de Inversiones del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME) a efectuar Llamados a Concurso Público para la presentación de proyectos, estimando oportuno en este caso apoyar inversiones de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas manufactureras, transformadoras de productos industriales, prestadoras de servicios industriales, agroindustriales y del sector de la construcción, orientados a incrementar la capacidad y/o eficiencia en los procesos vinculados con la generación de valor de la empresa.

Que según reflejó el Acta Nº 392, correspondiente a la reunión celebrada el día 21 de febrero de 2014, el Comité de Inversiones consideró apropiado convocar a un nuevo Llamado a Concurso Público y fijar como fechas de cierre para la presentación de proyectos los días 31 de marzo de 2014, 30 de abril de 2014, 31 de mayo de 2014 y 30 de junio de 2014, respectivamente.

Que en el acta enunciada precedentemente, se fijaron las condiciones de los créditos a otorgar en lo que se refiere a plazos, montos a otorgar y tasas de interés.

Que por su parte, se presentan las Bases y Condiciones para el Llamado a Concurso Público de Proyectos “INDUSTRIA VI”, el “Formulario de Presentación de Proyecto” y el “Informe de la Agencia de Desarrollo Productivo”, que como Anexos I, II y III, respectivamente, forman parte integrante de la presente resolución.

Que la información contenida en los Anexos mencionados, será publicada en la página web, www.sepyme.gob.ar de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas por la Ley Nº 25.300, y los Decretos Nros. 1.074/01 y 357/02 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°

— Convócase al Llamado a Concurso Público “INDUSTRIA VI” para la presentación de proyectos a realizarse en el marco del FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME), para las empresas manufactureras, transformadoras de productos industriales, prestadoras de servicios industriales, agroindustriales, del sector de la construcción, del sector minero, software y audiovisuales.

Los proyectos serán recibidos a partir de la publicación de la presente medida en el Boletín Oficial, de acuerdo a las Bases y Condiciones para el Llamado a Concurso Público de Proyectos “INDUSTRIA VI” que se detallan en el Anexo I, que con DIECISIETE (17) hojas forma parte integrante de la presente resolución, mientras que los cierres operarán, los días 31 de marzo de 2014, 30 de abril de 2014, 31 de mayo de 2014 y 30 de junio de 2014, a las DOCE HORAS (12 hs.), respectivamente.

ARTICULO 2°

— Apruébanse los Anexos I, Bases y Condiciones para el Llamado a Concurso Público de Proyectos “INDUSTRIA VI”, y II “Formulario de Presentación de Proyecto”, que con VEINTIDOS (22) hojas forma parte integrante de la presente medida, los cuales establecen los criterios y mecanismos para seleccionar proyectos de inversión que se presenten en el marco del presente Llamado a Concurso Público, lo que requiere un conocimiento general y los cuales serán publicados a través de la página web www.sepyme.gob.ar de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE INDUSTRIA.

ARTICULO 3°

— Apruébase el Anexo III, “Informe de la Agencia de Desarrollo Productivo”, que con SEIS (6) hojas forma parte integrante de la presente medida, el cual será publicado a través de la página web www.sepyme.gob.ar de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.

ARTICULO 4°

— Difúndese la información concerniente al Llamado a Concurso Público “INDUSTRIA VI” para la presentación de proyectos, a través de las dependencias pertinentes de la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL, por intermedio de los mecanismos informáticos disponibles.

ARTICULO 5°

— Invítase a las Provincias a colaborar con la SECRETARIA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL en la difusión de la presente medida, a través de las unidades competentes en la materia en cada jurisdicción.

ARTICULO 6°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. HORACIO G. ROURA, Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional, Ministerio de Industria.

ANEXO I

FONDO NACIONAL DE DESARROLLO PARA LA MICRO, PEQUEÑA

Y MEDIANA EMPRESA (FONAPYME).

BASES Y CONDICIONES PARA EL LLAMADO A CONCURSO PUBLICO DE PROYECTOS “INDUSTRIA VI”

OBJETIVO

ARTICULO 1º

El Llamado a Concurso Público de Proyectos “INDUSTRIA VI” está dirigido a apoyar proyectos de inversión orientados a incrementar la capacidad y/o eficiencia en los...

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