Resolución 39/2014

Fecha de publicación07 Febrero 2014
Fecha de disposición05 Febrero 2014
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32823



Ministerio del Interior y Transporte

SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO

Resolución39/2014Compensaciones tarifarias al transporte público de pasajeros de carácter urbano y suburbano.

Bs. As., 5/2/2014

VISTO el Expediente Nº S02:0114759/2013 del Registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 84 de fecha 4 de febrero de 2009, se dispuso la implementación de un SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), como medio de percepción de la tarifa para el acceso a la totalidad de los servicios de transporte público automotor, ferroviario de superficie y subterráneo de pasajeros de carácter urbano y suburbano.

Que por el Decreto Nº 1479 de fecha 19 de octubre de 2009, se aprobó el Convenio Marco SISTEMA UNICO BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) suscripto entre la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el BANCO DE LA NACION ARGENTINA.

Que el mencionado convenio prevé en su cláusula cuarta, que el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, en su condición de Agente de Gestión y Administración del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), asume la responsabilidad de poner en funcionamiento un sistema tecnológico adecuado que permita alcanzar los objetivos establecidos por el Decreto Nº 84/09, comprensivo, entre otras, de las siguientes funcionalidades: la implementación de tarjetas de proximidad, sin contacto, de valor almacenado; la instalación de máquinas validadoras en las unidades de transporte automotor con sistema de posicionamiento global asociado (GPS: siglas en inglés de Global Positioning System), de máquinas validadoras en estaciones ferroviarias, de máquinas de recarga y de inspección de tarjetas y del equipamiento necesario para un sistema central de datos; sistemas de bases y aplicaciones; la seguridad informática; y la contratación de los servicios de instalación, capacitación, seguros, mantenimiento y publicidad.

Que el SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), se encuentra en una etapa avanzada de implementación respecto de los servicios de transporte de pasajeros urbanos y suburbanos de la REGION METROPOLITANA DE BUENOS AIRES correspondientes a la Jurisdicción Nacional, Provincial y Municipal, motivo por el cual los datos provenientes de tal sistema, resultan claramente representativos de la real prestación de los servicios involucrados.

Que dada la alta confiabilidad de tales datos corresponde avanzar en la actualización de los parámetros utilizados para la distribución de las compensaciones tarifarias a los prestadores de los servicios de transporte público de pasajeros por automotor de la REGION METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, sobre la base de la información que brinda el sistema de posicionamiento global del S.U.B.E. en relación a la cantidad de kilómetros realizados por las unidades vehiculares.

Que el Artículo 7° de la Resolución Nº 422 de fecha 21 de septiembre de 2012 de este Ministerio, estableció que se procedería a la adaptación de los parámetros y criterios de asignación dispuestos por la misma, en la medida que se obtuviese mayor cantidad de datos del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) y/o cualquier otro mecanismo de información que permitan una mejor y más eficiente asignación de las compensaciones, considerando las variables del sistema de transporte en general y de cada operador en particular.

Que en virtud de lo precedentemente expuesto corresponde en esta instancia establecer que, a partir del mes de marzo de 2014, el monto de dichas compensaciones se calculará a través de la información suministrada por los módulos GPS del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) correspondiente al mes anterior al de las...

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