Sentencia nº 91999 de Suprema Corte de Justicia de Mendoza Sala 2, 1ª Circunscripción, 22 de Noviembre de 2011

PonenteSALVINI, LLORENTE, BÖHM
Fecha de Resolución22 de Noviembre de 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia de Mendoza Sala 2 - Primera Circunscripción

Expte: 91.999

Fojas: 229

En Mendoza, a veintidos días del mes de noviembre del año dos mil once, reunida la Sala Segunda de la Excma. Suprema Corte de Justicia, tomó en consideración para dictar sentencia definitiva la causa Nº 91.999, caratulada: “AUTOTRANSPORTE LOS ANDES S.A. C/PROVINCIA DE MENDOZA S/ACCION PROCESAL ADMI-NISTRATIVA"

Conforme lo decretado a fs. 228 se deja constancia del orden de estudio efectuado en la causa para el tratamiento de las cuestiones por parte de los Señores Ministros del Tribunal: primero: Dr. Her-man SALVINI; segundo Dr. P.L. y tercero: Dr. C.B..

ANTECEDENTES

A fs. 72/85, A. Los Andes S.A. interpone acción procesal administrativa contra el Decreto n° 2747/07 que desestima su reclamo, solicitando que el Tribunal condene a la Pcia. de Mza. a emitir el acto correspondiente para la correcta fijación de los intereses y multas fijados de acuerdo a las normas legales y contractuales vigentes.

A fs. 88, se admite la acción interpuesta y se ordena correr traslado a la contraria y Fiscalía de Estado, quienes a fs.125/134, contestan solicitando el rechazo de la demanda.

Admitidas las pruebas ofrecidas y agregados los alega-tos presentados por las partes, se incorpora a fs. 226 el dictamen del señor P. General, quien considera que corresponde se rechace la deman-da.

A fs. 227, se llama al Acuerdo para sentencia y a fs. 228 se deja constancia del orden de estudio en la causa por parte de los Se-ñores Ministros del Tribunal.

De conformidad con lo establecido por el art. 160 de la Constitución de la Provincia, esta S. se plantea las siguientes cuestiones a resolver:

P R I M E R A: ¿Es procedente la acción procesal ad-ministrativa interpuesta?

S E G U N D A: En su caso, qué solución corresponde?

T E R C E R A: Pronunciamiento sobre costas.

SOBRE LA PRIMERA CUESTION EL DR. SALVINI, dijo:

  1. Autotransporte Los Andes S.A. interpone acción procesal admi-nistrativa contra el Decreto n° 2747/07 que desestima su reclamo, solici-tando que el Tribunal condene a la Pcia. de Mza. a emitir el acto corres-pondiente para la correcta fijación de los intereses y multas fijados de acuerdo a las normas legales y contractuales vigentes.

    Luego de fundar la competencia del Tribunal y la legitimación sus-tancial relata que es concesionaria del servicio público regular de transporte de pasajeros en el radio urbano, rigiéndose la relación por el Pliego de Ba-ses y Condiciones de la Licitación Pública n° 6082, Decreto n° 867/94 y los contratos suscriptos por el Poder Ejecutivo con cada una de las empre-sas adjudicatarias.

    Que en dicho marco está sujeta a una compleja red regulatoria tanto nacional como provincial y que el servicio regular de transporte de pasaje-ros está también profusamente regulado en lo que refiere a tarifas, parque móvil, horarios, frecuencias, recorridos etc.

    Destaca que el último proceso licitatorio culminó con la suscripción del contrato de concesión aprobado mediante Decreto n° 2629/05, el que inició los servicios el día 27 de noviembre de 2005.

    Que casi al finalizar este último proceso y antes de la firma de los decretos de adjudicación y respectivos contratos el Poder Ejecutivo dictó el Decreto n° 696/05 requiriendo a los oferentes la regularización de las deu-das que mantenían con el Estado Provincial a los fines de la adjudicación de la concesión.

    Que inició en rentas expediente para que se determinara su deuda en su justa medida y se le otorgara plan de pagos, aclarando la postura en cuanto a bases imponibles, intereses y multas.

    Que a través del decreto 998/05 le liquida la deuda a su parte y le otorga un plan de pagos. Que dicho decreto fue notificado en el momento en que se estaba suscribiendo el Decreto n° 1000/05 que le adjudicaba el grupo n° 3 y 4, por lo que a fin de adherir al plan de pago y poder acceder a la firma del contrato, pagó la suma de $ 10.000 bajo protesto ante la Direc-ción General de Rentas detallando los motivos de la disconformidad.

    Funda el agotamiento de la vía administrativa, destaca el cumpli-miento del plan de pago, individualiza el contenido del acto impugnado y su derecho subjetivo e interés legítimo.

    Analiza los motivos de la impugnación y sostiene la...

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