Sentencia nº 17798 de Cuarta Cámara Laboral de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 31 de Octubre de 2011
Ponente | NICOLAU |
Fecha de Resolución | 31 de Octubre de 2011 |
Emisor | Primera Circunscripción |
Expte: 17.798
Fojas: 313
EXPTE. Nº 17.798 “V.M.S.C./ EDAD ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS P/ DESPIDO”
MENDOZA, 31 DE OCTUBRE DE 2011.-
Y VISTOS: Estos autos arriba intitulados, llamados a resolver a fs
RESULTA
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) Que a fs 10/12 el Dr. D.S.A. en nombre y represen-tación de la SRa. M.S.V. inicia demanda en contra de la SO-CIEDAD ESPAÑOLA DE S.M., a quien le reclama la suma de PE-SOS OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON OCHENTA Y OCHO CEN-TAVOS ($8.134,88), o lo que en más o en menos surja de la prueba a rendirse en autos, con más intereses y costas.
Relata que su mandante ingresó a trabajar para el demandado en fecha 25-2-1992, desempeñándose bajo la categoría de ADMINISTRATIVA DE 1°.
Manifiesta que las tareas cumplidas por la actora fueron las de Secretaria de Pi-so, J. de Secretarias de Internación, Jefa de Mesa de Entradas, Encargada de la oficina de socios; Secretaria del Director Médico, Secretaria de Presidencia, Encargada de fac-turación de Farmacia y Encargada y SEcretaria de Auditoria Médica.
Expresa que, en fecha 16-6-2005 la actora fue despedida mediante carta docu-mento. Que ha reclamado judicialmente el pago de los rubros indemnizatorios prove-nientes del despido.
Afirma que conforme las tareas realizadas por la actora le correspondía la cate-goría de ADMINISTRATIVA DE 1°, y los sueldos básicos y adicionales previstos en el C.C.T. Nº 107/75. Que los recibos de sueldo emitidos resultan en el pago de básicos menores a los mínimos, por lo que por la presente reclama los mismos.
Por último formula liquidación y ofrece pruebas.
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) Que a fs 25/26 vta. el Dr. ERNESTO AGASSO por la parte demandada de-nuncia que su representada se encuentra en estado de concurso preventivo ante el 1° Juzgado de Concursos de esta 1° Circunscripción judicial. Denuncia el nombre y domi-cilio de los Sindicos que ejercen la sindicatura, solicitando se les haga conocer la pro-moción de este proceso.
Niega genérica y específicamente todos y cada uno de los hechos narrados en el escrito inicial.
Reconoce que su parte le remitió a la actora la carta documento mencionada por aquella. Reconoce la legitimidad de los recibos de haberes correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2005.
Sostiene que el salario de la actora fue incrementado, a partir del dec. 392/03 de $389 de básico a $585, que totalizaba $ 224. Que el dec. 1347/2003 agregó una asigna-ción no remunerativa de $50 mensuales distinta e independiente de las sumas fijadas por el dec 392/03; que esta suma pasó a formar parte del salario básico a partir del 1-4-2005, por lo que el básico salarial fue de $645,08 y así se refleja en el recibo de haberes co-rrespondiente al...
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