Sentencia nº 17798 de Cuarta Cámara Laboral de Apelaciones de la Provincia de Mendoza, Primera Circunscripción, 31 de Octubre de 2011

PonenteNICOLAU
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2011
EmisorPrimera Circunscripción

Expte: 17.798

Fojas: 313

EXPTE. Nº 17.798 “V.M.S.C./ EDAD ESPAÑOLA DE SOCORROS MUTUOS P/ DESPIDO”

MENDOZA, 31 DE OCTUBRE DE 2011.-

Y VISTOS: Estos autos arriba intitulados, llamados a resolver a fs

RESULTA

  1. ) Que a fs 10/12 el Dr. D.S.A. en nombre y represen-tación de la SRa. M.S.V. inicia demanda en contra de la SO-CIEDAD ESPAÑOLA DE S.M., a quien le reclama la suma de PE-SOS OCHO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON OCHENTA Y OCHO CEN-TAVOS ($8.134,88), o lo que en más o en menos surja de la prueba a rendirse en autos, con más intereses y costas.

    Relata que su mandante ingresó a trabajar para el demandado en fecha 25-2-1992, desempeñándose bajo la categoría de ADMINISTRATIVA DE 1°.

    Manifiesta que las tareas cumplidas por la actora fueron las de Secretaria de Pi-so, J. de Secretarias de Internación, Jefa de Mesa de Entradas, Encargada de la oficina de socios; Secretaria del Director Médico, Secretaria de Presidencia, Encargada de fac-turación de Farmacia y Encargada y SEcretaria de Auditoria Médica.

    Expresa que, en fecha 16-6-2005 la actora fue despedida mediante carta docu-mento. Que ha reclamado judicialmente el pago de los rubros indemnizatorios prove-nientes del despido.

    Afirma que conforme las tareas realizadas por la actora le correspondía la cate-goría de ADMINISTRATIVA DE 1°, y los sueldos básicos y adicionales previstos en el C.C.T. Nº 107/75. Que los recibos de sueldo emitidos resultan en el pago de básicos menores a los mínimos, por lo que por la presente reclama los mismos.

    Por último formula liquidación y ofrece pruebas.

  2. ) Que a fs 25/26 vta. el Dr. ERNESTO AGASSO por la parte demandada de-nuncia que su representada se encuentra en estado de concurso preventivo ante el 1° Juzgado de Concursos de esta 1° Circunscripción judicial. Denuncia el nombre y domi-cilio de los Sindicos que ejercen la sindicatura, solicitando se les haga conocer la pro-moción de este proceso.

    Niega genérica y específicamente todos y cada uno de los hechos narrados en el escrito inicial.

    Reconoce que su parte le remitió a la actora la carta documento mencionada por aquella. Reconoce la legitimidad de los recibos de haberes correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2005.

    Sostiene que el salario de la actora fue incrementado, a partir del dec. 392/03 de $389 de básico a $585, que totalizaba $ 224. Que el dec. 1347/2003 agregó una asigna-ción no remunerativa de $50 mensuales distinta e independiente de las sumas fijadas por el dec 392/03; que esta suma pasó a formar parte del salario básico a partir del 1-4-2005, por lo que el básico salarial fue de $645,08 y así se refleja en el recibo de haberes co-rrespondiente al...

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