Disposición 30/12

Provincia de Buenos Aires.

ORGANISMO PROVINCIAL.

PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE.

DIRECCIÓN DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS.

Disposición 30/12.

La Plata, 25 de enero de 2012.

VISTO el expediente N° 2145-23037/09, la Constitución Provincial, las Leyes N° 10.907, N° 11.723, N° 13.757, el Decreto Ley N° 8.785/77, el Decreto N° 23/07, y CONSIDERANDO:

Que con fecha 29 de marzo de 2009, personal perteneciente a la Dirección de Áreas Naturales Protegidas, en oportunidad de encontrarse desempeñando funciones en su calidad de Guardaparque en la Reserva Natural Provincial Pehuen Có- Monte Hermoso, Partido de Coronel Rosales, procedió a interceptar al Señor MOGUILLANSKY Marcos DNI N° 27.708.861, con domicilio real en calle Brown N° 863 de la Localidad y Partido Bahía Blanca, en el momento en que el mismo se encontraba transitando con un vehí- culo, marca Citroen modelo Mehari, color amarillo, dominio UPV 945 en zona de Reserva Natural procediendo a labrar el Acta de Procedimiento imputando infracción al Artículo 20 incisos b) y I) de la Ley N° 10.907. Que revistiendo la precitada Acta el carácter de actuación de oficio, en los términos del Artículo 12 del Decreto-Ley N° 8.785/77, en dicho acto se notificó al inculpado, quien firmó al pie, de la infracción imputada.

Que a fs. 4 se notificó al imputado mediante carta documento del derecho que le asiste a presentar descargo y ofrecer pruebas en su defensa en el término de los cinco (5) días hábiles siguientes;

Que hallándose satisfechos los recaudos legales determinados por los Artículos 14 y 15 y concordantes del Decreto-Ley N° 8.785/77 y habiéndose formulado descargo que hace a la legítima defensa, no logrando enervar el mismo la imputación realizada de acuerdo a lo informado por la Dirección de Información Jurídica, siendo que las actas labradas por funcionario competente hacen plena fe mientras no se demuestre lo contrario mediante el proceso de redargución de falsedad, se tiene por acreditada la infracción antes mencionada;

Que del Informe Técnico efectuado por la Dirección de Información Jurídica surge que, dadas las constancias obrantes en autos, corresponde aplicarle la sanción de multa por la infracción constatada;

Que la Asesoría General de Gobierno...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR