Sentencia nº 265889 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala II de Provincia de Jujuy, de 20 de Septiembre de 2013

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2013
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala II

/// En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, a los 20 días del mes de agosto de dos mil trece, reunidos los Sres. Vocales de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial Dres.: N.A.D.D.A., E.M. y J.D.A. (Presidencia de la primera) vieron el Expte. N° B-265.889/11: “ORDINARIO POR COBRO DE PESOS: TARJETA NARANJA S. A. c/ BEJARANO, D.D.”.

La Dra. DEMATTEI DE A. dijo:

  1. Viene el Dr. A.P. (h) en representación de la firma “TARJETA NARANJA S. A.” a promover demanda ordinaria por cobro de pesos en contra de D.D.B.; procura la suma de $ 1.622,18) con más sus intereses fijados en la tarjeta de emisión, IVA sobre intereses, desde que la suma es debida y hasta su efectivo pago. Relata que la parte demandada celebró con “Tarjeta Naranja S. A.” el contrato específico, suscribiendo la solicitud el 17/10/07; emitiendo y entregándola a su cliente. En un primer momento las relaciones entre las partes se cumplieron según las previsiones pactadas, hasta que no pagó el resumen el 10/09/10, con deuda líquida y vencimiento según prueba que adjunta. Además de las operaciones comerciales realizadas por la demandada, se generaron gastos propios de la utilización del sistema, cargos fijos, gastos de gestión, revista, etc.. Los resúmenes enviados no fueron observados por la demandada, generándose un total exigible de $ 1.622,18 que a la fecha de la interposición de la pretensión sigue sin satisfacción alguna.

    Agrega que previamente la sociedad que representa realizó diversas gestiones extrajudiciales, sin obtener de la parte requerida, la cancelación de su deuda. Ofrece prueba, y concluye solicitando que oportunamente se dicte sentencia condenando al incumplidor al pago de lo reclamado con más intereses, IVA sobre intereses y costas.

    Corrido traslado y notificada la contratante remisa en persona caracterizada, en la forma de estilo (fs. 23) no contesta la acción deducida en su contra, por lo que a pedido de parte, se da por decaído tal derecho realizándose notificación en igual forma (fs. 31). Solicita el letrado de la actora se notifique a la Defensoría de Ausentes la Dra. M.J.G. se presenta y adjunta Acta Nº: 77/13 suscrita ante el Dpto. de Asistencia Jurídico Social por D.D.B.. Ello acredita que tomó conocimiento del presente juicio y solicita el cese de su intervención como Defensora de Ausentes en los presentes autos (fs. 42). Proveído favorablemente (fs. 43) se solicita el dictado de la sentencia (fs. 46). Atento el estado de la causa...

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