Resolución Nº 565/GCABA/AGIP/13
Firmantes | Walter |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Administración Gubernamental de Ingresos Públicos |
Fecha de la disposición | 6 de Agosto de 2013 |
VISTO:
LA LEY NACIONAL N° 17.622, SU DECRETO REGLAMENTARIO N° 3110/PEN/70,
LA ORDENANZA N° 35.386/79, LA LEY GCBA N° 2603, SU DECRETO
REGLAMENTARIO N° 745/GCBA/08; LA RESOLUCIÓN N° 924/AGIP/2012 Y LO
TRAMITADO POR EXPEDIENTE
ELECTRÓNICO N° 1970358/MGEYA
/DGESYC/2013, Y
CONSIDERANDO:
Que con el dictado de la Ley Nacional N° 17.622 y su Decreto Reglamentario se crea
el Instituto Nacional de Estadística y Censos -INDEC- como órgano rector del Sistema
Estadístico Nacional -SEN- y único productor de estadísticas oficiales y censales de
rango federal en coordinación con los organismos centrales y periféricos de
estadística;
Que por Ley N° 2603 se crea en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires la
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos -AGIP-, la cual conforme su
actúa como entidad autárquica en el orden administrativo y financiero bajo.
la superintendencia de legalidad del Ministerio de Hacienda;
Que a su vez su artículo 3° determina que la AGIP será el ente de administración y
gestión del Sistema Estadístico y Tributario del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de acuerdo con las políticas y normas vigentes;
Que a su vez el artículo 14° inciso c) determina los deberes y atribuciones del
Administrador gubernamental de Ingresos Públicos entre los cuales se encuentra la
designación de agentes de percepción, retención, recaudación, e información tributaria
y la implementación de nuevos regímenes;
Que en su actuar la Dirección General de Estadística y Censos, dependiente de la
AGIP, se desempeña dentro del Gobierno de la Ciudad bajo identidad de lineamientos
operativos y funcionales por los cuales se rige el INDEC;
Que el artículo 1° de la Ordenanza N° 35.386/79 en su carácter de norma rectora de la
actividad estadística y censal de orden local, determina que la entonces Dirección de
Estadística y Censos, hoy AGIP, actúa como órgano rector del Sistema Estadístico de
la Ciudad -SEC- en concordancia con el artículo 4° inciso c) de la Ley Nacional N°
17.622 que la considera un órgano periférico del SEN;
Que el inciso g) del artículo 4° de la mencionada Ley determina que la AGIP integra el
Sistema Estadístico Nacional en cumplimiento de la Ley Nacional N° 17.622, su
Decreto...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba