Resolución 1071/2013

Fecha de disposición18 Junio 2013
Fecha de publicación24 Junio 2013
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32665



Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

CONVENIOS

Resolución1071/2013Ratifícase Convenio de Cooperación suscripto entre la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia y la Dirección Nacional Electoral.

Bs. As., 18/6/2013

VISTO el Expediente Nº S04:0027633/2013 del registro de este Ministerio, la LEY DE DEMOCRATIZACION DE LA REPRESENTACION POLITICA, LA TRANSPARENCIA Y LA EQUIDAD ELECTORAL Nº 26.571 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 443 del 14 de abril de 2011, la Resolución M.J. y D.H. Nº 715 del 18 de mayo de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la ratificación del Convenio de Cooperación suscripto el 11 de junio de 2013 entre la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA dependiente de este Ministerio y, la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS Y ELECTORALES de la SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que el artículo 7° del Decreto Nº 443/11 establece que la Junta Electoral de cada agrupación política, deberá solicitar al Registro Nacional de Reincidencia los certificados de antecedentes penales correspondientes a los precandidatos a cargos electivos que participen en las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias.

Que mediante la suscripción del Convenio de Cooperación citado, se procura brindar a las Juntas Electorales un mecanismo que les facilite recabar la información relativa a los antecedentes penales de los precandidatos, a través del Sistema de Unidades de Expedición y Recepción (UER) implementado por la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA, mientras que la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL, por su parte, arbitrará los recaudos tendientes a asegurar la operatividad de dichas Unidades en el interior del país.

Que el Convenio de Cooperación que nos ocupa, fue suscripto por la señora Directora Nacional del Registro Nacional de Reincidencia con carácter de excepción a los efectos de poder dar cumplimiento a los plazos fijados por el Decreto Nº 443/11, reglamentario de la Ley Nº 26.571.

Que corresponde en consecuencia proceder a su ratificación, atento lo dispuesto por el artículo 1° de la Resolución M.J. y D.H. Nº 715/11.

Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico de esta Cartera de Estado.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al suscripto por el artículo 4°, inciso b), apartados 6 y 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorios y la Resolución M.J. y D.H. Nº 715/11.

Por ello,

EL MINISTRO

DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

Artículo 1°

— Ratifícase el Convenio de Cooperación suscripto el 11 de junio de 2013 entre la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA dependiente de este Ministerio y, la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS Y ELECTORALES de la SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, cuya copia certificada como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Julio C. Alak.

CONVENIO DE COOPERACION ENTRE LA DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL

DE REINCIDENCIA Y LA DIRECCION NACIONAL ELECTORAL

Entre la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DE LA NACION representada en este acto por su titular Dra. Mónica Litza, con domicilio en la calle Tucumán 1353 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y LA DIRECCION NACIONAL ELECTORAL dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE DE LA NACION representada en este acto por su titular Dr. Alejandro Tullio, con domicilio en 25 de mayo 101 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la otra, y considerando:

Que ambos organismos están interesados en establecer vínculos de colaboración uniendo sus esfuerzos para el desarrollo de actividades en áreas de interés común.

Que la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL tiene entre sus funciones la cooperación interinstitucional en materia electoral y la información y difusión de los procedimientos electorales y de los partidos políticos.

Que la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA es competente para expedir los Informes de Antecedentes Penales de conformidad a lo dispuesto en la Ley 22.117.

Que por el Decreto 443/2011 reglamentario de la Ley 26.571LEY DE DEMOCRATIZACION DE LA REPRESENTACION POLITICA, LA TRANSPARENCIA Y LA EQUIDAD ELECTORAL” en su artículo 7°, se establece que las Juntas Electorales de cada Agrupación Política deberán solicitar a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE REINCIDENCIA los Informes Antecedentes Penales correspondientes a los precandidatos que participen en las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias.

Por ello, las partes acuerdan celebrar el presente Convenio sujeto a las cláusulas que a continuación se establecen:

PRIMERA: La cooperación entre ambas partes podrá desenvolverse en las siguientes áreas:

  1. Establecer Programas de difusión y capacitación en materia de derechos políticos y electorales.

  2. Intercambiar información técnica relativa a los procesos electorales y de participación política.

  3. Facilitar el intercambio de información relativa a los antecedentes penales de los precandidatos, a través del...

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