Disposición Nº 5/GCABA/UPEAM/13

FirmantesCapdevila
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Unidad de Proyecto Especial Arroyo Maldonado
Fecha de la disposición21 de Mayo de 2013

VISTO:

Las Leyes Nrs. 93 y su reglamentación, 1.660 y su reglamentación, 2.506 y 4.013, el

Convenio de Préstamo N° 7.289- AR suscripto entre el Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento

(BIRF), los Decretos Nros. 403/GCABA/06, 1.149/GCABA/06, 2.075/GCBA/07,

752/GCABA/08, 217/GCBA/09, 609/GCABA/10, 729/GCABA/10, 660/GCABA/2011 y

142/GCABA/12, las Resoluciones Nros. 672/GCABA/MDUGC/10 y

66/GCABA/SSPUAI/11, los Expedientes Nrs. 10.272/06, 147.685-MGEYA-2010 y

2.476.732- MGEYA-DGOING-2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en segundo término tramitó el llamado a Licitación

Pública Internacional N° 1-10 y tramita la ejecución del contrato de la Obra:

"Readecuación del Sistema de Desagües Pluviales Secundarios del Arroyo Maldonado

Grupo B", mientras que por las actuaciones mencionadas en tercer término tramita el

Proyecto Alternativo del desagüe pluvial sobre la calle Velazco Ramal B-3, de dicha

obra;

Que la Ley 1.660 autorizó al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires a suscribir

un convenio de préstamo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento

(BIRF) para financiar el Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de

Buenos Aires (PGRH), consistente en las obras de readecuación de la red de

desagües pluviales de la cuenca del Arroyo Maldonado y medidas complementarias,

resultantes del Proyecto de Protección contra Inundaciones elaborado en el marco de

la Ley N° 93, que se describen en el Anexo I de la primera de las leyes mencionadas,

encontrándose previsto en ese anexo legal el componente denominado Medidas

Estructurales, el cual, además de la construcción de los túneles aliviadores, prevé

mejorar la red de drenaje actualmente existente con la construcción de 46 kilómetros

adicionales de conductos secundarios;

Que el Decreto N° 403/GCBA/06 creó la Dirección General de Relaciones con el

Banco Mundial (DGRBM), estableciendo entre sus responsabilidades primarias las de

ejercer las facultades previstas por la ley N° 93 y su reglamentación para el PPI

(Préstamo BIRF 4.117-AR), las que serían también aplicables al PGRH aprobado por

la Ley N° 1.660 (Préstamo BIRF 7.289-AR);

Que con fecha 18 de mayo de 2006 la Ciudad de Buenos Aires, representada por su

Jefe de Gobierno, suscribió con el BIRF el Convenio de Préstamo identificado con el

número 7.289-AR, para cofinanciar el PGRH;

Que este convenio permitió al Gobierno de la Ciudad avanzar en las obras de

readecuación de la red de desagües pluviales de la Cuenca del Arroyo Maldonado, las

medidas complementarias estructurales y no estructurales del PGRH y efectuar la

dirección y monitoreo de ambos tipos de medidas a fin de mitigar el impacto que

producen las inundaciones que afectan la Ciudad de Buenos Aires;

Que en virtud de lo establecido por el artículo 4° de la Ley N° 1.660, las contrataciones

pertinentes se regirán, según corresponda, por las normas, condiciones y

procedimientos del BIRF relativos a la adquisición de bienes y contratación de obras y

por las normas, condiciones y procedimientos de la misma institución relativos a la

contratación de servicios de consultoría, ambas normativas de mayo de 2004;

Que, de acuerdo a la Cláusula 3.04 del Convenio arriba mencionado, el Decreto N°

1.149/GCBA/06 aprobó el Manual Operativo del PGRH, correspondiente al Préstamo

BIRF 7.289-AR, documento que entre otras cosas incluye la estructura institucional y

administrativa de la DGRBM entonces Unidad Ejecutora del Proyecto, sus facultades,

competencias, funciones y responsabilidades y la obligación de llevar adelante el

Proyecto de conformidad con los pliegos de bases y condiciones estándar del BIRF;

Que, mediante la Ley N° 2.506 se sancionó la anterior Ley de Ministerios y por Decreto

N° 2.075/GCBA/2007 se aprobó la anterior Estructura Orgánico Funcional del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creándose la Subdirección General

de Relaciones con el Banco Mundial (SDGRBM) y estableciéndose sus

responsabilidades primarias como una reedición de las que describía el Decreto N°

403/GCBA/06 mediante el cual en su oportunidad se creara la DGRBM;

Que mediante el Art. 1° del Decreto N° 217/GCBA/09 se aclaró que la SDGRBM, sin

perjuicio de las Responsabilidades Primarias enumeradas en el Decreto

2.075/GCBA/07, mantuvo las competencias establecidas por la Ley 1.660 y su

reglamentación, incluyendo el Manual Operativo del Programa de Gestión de Riesgo

Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por el Decreto N° 1.149/GCBA/06 en

su carácter de continuadora de la ex Dirección General de Relaciones con el Banco

Mundial;

Que el Decreto N° 609/GCABA/10 creó la Unidad de Proyecto Especial del Arroyo

Maldonado (UPEAM) como Organismo Fuera de Nivel con dependencia orgánico

funcional del Ministerio de Desarrollo Urbano, con los objetivos y responsabilidades

primarias descriptos por el Anexo I de esa norma, entre los cuales se encuentran los

de coordinar e instrumentar la ejecución, control, seguimiento y fiscalización de todas

las obras de los Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y

Obras Complementarias en el marco del PGRH, elaborar los documentos requeridos

para llevar a cabo las actividades de adquisiciones y contrataciones del Programa y

realizar todas las gestiones conducentes para la ejecución adecuada y eficiente de

dicho Programa en el ámbito de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR