Sentencia de Sala V, 8 de Marzo de 2013, expediente 126/13

Fecha de Resolución 8 de Marzo de 2013
EmisorSala V

En esta entrega del año 2013 les hacemos llegar:

El fallo de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal en autos “G., G.G. s/estafa” (causa 126/13) rta.

8/3/2013, donde la Sala interviene ante el recurso de apelación interpuesto por la querella contra la resolución del magistrado de la instancia de origen que dispuso desestimar la causa por inexistencia de delito, de conformidad con lo dictaminado por el fiscal.

Precisaron, en su voto conjunto los vocales M.L.G. y R.P.A., que no habiendo adherido el F. de Cámara al recurso de apelación interpuesto en solitario por la parte querellante, el objetivo de la intervención de la Sala se restringe a verificar la razonabilidad y fundamentación de la solicitud del fiscal de primera instancia y lo resuelto por el magistrado, sin analizar la cuestión de fondo (artículos 69 y 123 del CPPN) en razón de que la titularidad de la acción pública reside exclusivamente en cabeza del Ministerio Público Fiscal (art.120 de la Constitución Nacional). A su vez,

agregaron que en el caso no existe necesidad de celebrarse la audiencia oral prevista en el artículo 454 CPPN pues estamos ante un problema de falta de jurisdicción y no de hecho o prueba que deba ser discutida y controvertida por las partes.

Así, confirman lo recurrido debido a que concluyen en que el decisorio supera el control de razonabilidad y logicidad, pues ha desarrollado fundamentos autónomos a los del acusador público, detallándolos uno por uno y valorando las circunstancias de hecho denunciadas a la luz de las posibles subsunciones jurídicas.

El Dr. G.B. votó en igual sentido que sus colegas de S., señalando,

entre otros aspectos y con...

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