Sentencia nº 55933 de Tribunal del Trabajo Sala IV de Provincia de Jujuy, de 11 de Marzo de 2013

Fecha de Resolución11 de Marzo de 2013
EmisorTribunal del Trabajo Sala IV

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº A-55933/13 caratulado:* HOMOLOGACION DE CONVENIO: ALVAREZ, M.A.; M., A.R., de donde surge que a fs. 6 de autos comparece la Dra. B.B.B. en representación del Sr. M.A.A. y el Sr. A.R.M., con patrocinio letrado del Dr. F.S. solicitando la homologación del convenio de desvinculación celebrado entre las partes.-

Que, habiendo ratificado el trabajador el convenio celebrado- acta de fs. 16- este Tribunal estima que a través del mismo las partes han alcanzado una justa composición de sus derechos e intereses- art. 15 LCT-, debiendo en consecuencia procederse sin más trámite a la homologación solicitada.-

Por todo ello y norma citada, la Sala IV del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy:

RESUELVE

1) H. en todas sus partes y en cuanto por derecho hubiere lugar, sin perjuicio de terceros el convenio celebrado entre el Sr. A.R.M. y el Sr. M.A.A., el que en sus cláusulas establece expresamente lo siguiente: * PRIMERA: La PRINCIPAL reconoce adeudar al EMPLEADO, la suma de PESOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y UNO CON 28/100 ($ 25.841,28) en virtud de la relación laboral mantenida entre ellos; y cuyo distracto se produjo el día 30 de Diciembre de 2012 en los términos del art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.- SEGUNDA: Habiendo el EMPLEADO aceptado de plena conformidad la suma mencionada, se conviene que la misma se origina en el pago que LA PRINCIPAL adeuda en concepto de Indemnización por Antigüedad, Diferencias Salariales, A.P., vacaciones proporcionales, como así también todo otro rubro que pudiere derivar de la relación laboral, con causa...

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