Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Mayo de 2008, B. 1211. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1211. XLIII.

RECURSO DE HECHO

B., J.L. s/ incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.

Buenos Aires, 28 de mayo de 2008 Vistos los autos: ARecurso de hecho deducido por la defensa de J.L.B. en la causa B., J.L. s/ incumplimiento de los deberes de asistencia familiar@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.I. HIGH- TON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por J.L.B., imputado y letrado en causa propia, junto con su codefensora D.. C.A.T. de origen: Cámara Nacional de Casación Penal, S.I.T. que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional en lo Correccional N° 11

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