Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Octubre de 2007, L. 1141. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 1141. XLII.

RECURSO DE HECHO

Luzza, H.A. s/ causa N° 5482.

Buenos Aires, 23 de octubre de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por H.A.L. en la causa Luzza, H.A. s/ causa N° 5482", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación motiva la presente queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímase a la parte recurrente a que dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución por la cual se le concedió el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

Hágase saber, devuélvanse los autos principales y archívese. E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por Luzza, H.A.C., representado por el Dr. E.A.D., defensor oficial ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (int.) Tribunal de origen: Sala IV de la Cámara Nacional de Casación Penal Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal Oral en lo Criminal N° 16 de esta ciudad

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