Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Septiembre de 2007, L. 123. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 123. XLIII.

RECURSO DE HECHO

L., J.N. s/ abandono de persona seguida de muerte Ccausa N° 35/04C.

Buenos Aires, 25 de septiembre de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de J.N.L. en la causa L., J.N. s/ abandono de persona seguida de muerte Ccausa N° 35/04C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.I. HIGH- TON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por el Dr. S.H.S. por la parte quere- llante Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de San Luis Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara II del Crimen de la Primera Circunscripción Judicial de San Luis

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