Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Diciembre de 2004, D. 579. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 579. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

Defranco, D.F. c/ Carnes Seleccionadas S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 2 de diciembre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Defranco, D.F. c/ Carnes Seleccionadas S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 77. H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por Carnes Seleccionadas S.A., representada por el Dr. J.A.A..

Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal del Trabajo n° 5 de La Plata.

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