Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Marzo de 2004, J. 47. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 493. XXXIX. Y OTROS RR.OO.

BARRIO F.O. c/ ANSES s/ REAJUS- TES VARIOS.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 16 de marzo de 2004.

Vistos los autos: "B.493.XXXIX. 'BARRIO F.O. c/ ANSES'; C.20.XXXIX.

'C.S.M. DE LUJAN c/ AN- SES'; D.294.XXXIX.

'DOALLO CARMEN ELENA c/ ANSES'; F.335.XXXIX. 'FERNANDEZ MORENO CARMEN c/ ANSES'; J.47.XXXIX.

'J.M.M. c/ ANSES'; M.565.XXXIX. 'MENDOZA GREGO- RIO JESUS c/ ANSES'; M.602.XXXIX. 'MOSCHETTA ROBERTO c/ AN- SES'; R.104.XXXIX. 'R.E.N. c/ ANSES'; R.319.XXXIX.

'RUEDA JUAN RENE c/ ANSES'".

Considerando:

Que las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con la tasa de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos:

325:1185 ("A."), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad.

Que los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse brevitatis causa.

Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmar las sentencias apeladas. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). N. y devuélvanse. A.C.B. -C.S.F. -A.B. -A.R.V. -J.C.M.- QUEDA - E. R.Z..

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