Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Julio de 2003, C. 3923. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 3923. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

C., C.O. c/T.S.A. y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 4 de julio de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Typen S.A.C.I.F. en la causa C., C.O. c/T.S.A. y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BE- LLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

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