Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 21 de Mayo de 1998, B. 78. XXXIV

Fecha21 Mayo 1998
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 78. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

Banco del Oeste S.A. s/ quiebra s/ incidente de verificación de crédito Dr. Musante s/ incidente de indisponibilidad de fondos.

Buenos Aires, 21 de mayo de 1998.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Banco Central de la República Argentina (síndico) en la causa Banco del Oeste S.A. s/ quiebra s/ incidente de verificación de crédito Dr. Musante s/ incidente de indisponibilidad de fondos", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no refuta los fundamentos de la sentencia apelada.

Por ello, se desestima el recurso de hecho planteado.

H. saber al señor juez de la quiebra que la fallida adeuda el depósito previsto en el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que deberá hacerse efectivo en la oportunidad adecuada. N. y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.

BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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