Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Abril de 2012, B. 433. XLVII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha17 Abril 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

B. 433. XLVII.

RECURSO DE HECHO B., H.R. s/ P.S.A. encubrimiento agravado —causa n° 73/2010—. Buenos Aires, 17 de abril de 2012 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la defensa de H.R.B. en la causa B., H.R. s/ P.S.A. encubrimiento agravado —causa n° 73/2010—”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M.

ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de queja deducido por M.O.G. y M.J.B., abogados defensores de H.;Roque Bagatello. Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, Sala Penal. Tribunales anteriores: Cámara Undécima en lo Criminal de la ciudad de Córdoba y Juzgado de Control n° 2 de Córdoba. -1-

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