Sentencia nº 56390 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4, 19 de Diciembre de 2000

Fecha de Resolución19 de Diciembre de 2000
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 4

= = = AUTOS Y VISTOS: Los de este Expte. Nº B- 56390/00, caratulado: "INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS, en el Expte. Nº B- 21240/97, D.P. C/ FLORENCIA ABALOS ", de los que = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = R E S U L T A = = = = = = = = = = = = = = Que, a fs. 6 se presenta el Dr. D.P., por derecho propio, a deducir formal demanda ejecutiva en contra de FLORENCIA ABALOS, persiguiendo el cobro de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450,002) provenientes de honorarios regulados en el Expte. Nº B- 21240/97. Pide se libre mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma reclamada, con más sus intereses, gastos y costas y: - - -

= = = = = = = = = = CONSIDERANDO = = = = = = = = = = = = = = = = Que, citado de remate la parte demandada, ésta no se presentó a oponer excepciones legítimas dentro del plazo previsto para hacerlo, el que se encuentra vencido a la fecha, por lo que corresponde hacer efectivo el apercibimiento decretado. Que con respecto a los intereses solicitados por la actora y no existiendo en la ley 23.928 (ley de convertibilidad del Austral), cláusula alguna que impida la aplicación de intereses al capital original adeudado, el juzgado lo considera procedente adhiriéndose a la jurisprudencia que se inclina por aplicar la tasa pasiva que publica el Banco Central de la República Argentina y hasta su efectivo pago ( L.A. Nº 37 -F 1184/1188- Nº 538, de fecha 15/12/94).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

= = = Que, las costas deben imponérselas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

= = = Que, para la regulación de los honorarios, es de aplicación de la jurisprudencia dictada por el S.T.J.. - - -

= = = Que, a fs. 10 se presenta la parte demandada, con el patrocinio letrado de la Dra. J.H..- - - - - - - -

= = = Que, por todo lo expuesto, el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 DE LA PROVINCIA DE JUJUY, = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = = R E S U E L V E = = = = = = = = = = = = = = = 1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por D.P., hasta hacerse el acreedor íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 450,00), con más los intereses que correspondan desde la mora y hasta el efectivo pago de lo adeudado, de conformidad a la tasa pasiva promedio que publica el Banco Central de la República Argentina.- - - - = = = 2) Regular los honorarios...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR