Sentencia nº 19810 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17, 17 de Octubre de 2005

Fecha de Resolución17 de Octubre de 2005
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 17

////Pedro de Jujuy, Octubre 17 de 2005.-

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nº A-19.810/03 caratulado: “Sumarísimo por Alimentos: C., C.M. delV. c/ A., H.M.”, de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº9, Secretaría Nº17, del Centro Judicial S.P., del que;

RESULTA:

Que, a fs.4/5 se presenta el Dr. G.J.B. en representación de la Sra. C.M. delV.C., e inicia en dicho carácter juicio sumarísimo por alimentos en contra de H.M.A., por sí y a favor de sus hijos menores H.M.A. y F.J.A..

Que, corrido el respectivo traslado de demanda, comparece el demandado, patrocinado por el Dr. R.E.B., efectuando contestación por escrito, fs.41/2 y a cuyas constancias me remito en honor a la brevedad.

Que, contestada la contraprueba (fs.97), es abierta la causa a prueba, producida la misma, y corrida la respectiva vista al Ministerio Pupilar su representante lo hace a fs.174; por lo que corresponde resolver.

Y CONSIDERANDO:

Que, en autos se inicia acción por alimentos contra el señor H.M.A., a favor de sus hijos menores F.J.A., H.M.A. y de su esposa la Sra. C.M. delV.C., fijándose cuota alimentaria provisoria en el cuarenta por ciento (40%) de lo que percibe el demandado como empleado de las distintas reparticiones en las que presta sus servicios.

Que, contestada demanda se hace expreso reconocimiento del vínculo filial de los menores con el demandado como de la existencia de matrimonio; no obstante y con sustento en los significativos montos de los haberes que percibe como empleada del ... la Sra. C.M. delV.C., es que se peticiona la reducción de la cuota fijada provisoriamente, en el entendimiento que no puede la misma superar el veinte por ciento (20%).

Que, al procurar valorar la prueba rendida en autos, resulta que dan sustento para formar convicción del juzgador las constancias de autos, siendo estas documentales la base de las evidencias aportadas para el pronunciamiento ha dictarse.

Que, en cuanto a la obligación alimentaria del padre para con los hijos se trata, cabe el análisis de la obligación en sí y, eventualmente, el quantum. En ese orden de cosas y siendo el vínculo filial materia de expreso reconocimiento por el demandado, a más del indubitable aporte probatorio dado por la documental de fs.2/3 (partidas de nacimiento), no resulta sino plenamente probada la filiación entre hijos y el demandado.

Al respecto expresa la doctrina: "el derecho alimentario del hijo menor deriva de los deberes que impone la...

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