Sentencia nº 163754 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8, 7 de Agosto de 2007

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2007
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 8

AUTOS Y VISTOS:

Los del expte. N.. B-163754/06 caratulados “SUMARIO POR REDUCCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA ARAMAYO CESAR PASCUAL C/ DUARTE M.R.Y.J.M.A.”, del que,

RESULTA:

Que a fs. 01/07 se presenta el Dr. M.A.R., en nombre y representación de CESAR PASCUAL ARAMAYO, promoviendo demanda sumaria por reducción de cuota alimentaria en contra de M.R.D.. Manifiesta que mediante el presente solicita la reducción de cuota alimentaria fijada mediante expte. N.. B-25895/97 caratulado SUMARISIMO POR ALIMENTOS M.R.D. C/ CESAR PASCUAL ARAMAYO . Que mediante expte. Nº A-96757 caratulado SUMARIO POR REDUCCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA CESAR P.A.C.M.R.D. se dictó sentencia estableciendo para los dos menores J.M.A. y M.J.A. una cuota alimentaria de un 25% de los haberes del actor por lo que solicita que habiendo adquirido mayoría de edad J.M.A., quien además se encuentra casado y con independencia económica, se reduzca la cuota alimentaria que percibe la demandada y se fije la misma en un 12,5% de los haberes que percibe el actor, atento a que por ambos hijos se había fijado en un 25%.-

A fs. 9 se tiene por presentada a la actora, se ordena incluir en la carátula como demandado a J.M.A. y se dispone correr traslado de la misma por el término de ley.-

A fs. 13/14 se presenta la Dra. CARMEN DEL HUERTO DAVID en nombre y representación de la demandada M.R.D.. Contesta demanda. Solicita su rechazo. Reconoce que su hijo J.M.A. adquirió la mayoría de edad pero manifiesta que respecto de su otro hijo, M.J.A., quien aún es menor de edad, corresponde mantener la cuota alimentaria del 25% en virtud de que el accionante tiene otros dos hijos a los que les pasa el 50% de sus haberes, y que por una cuestión de trato igualitario la cuota alimentaria de su hijo menor debe mantenerse. Ofrece como pruebas el expediente Nº B-59026/00 caratulado “HOMOLOGACIÓN DE CONVENIO SOBRE ALIMENTOS ARAMAYO CESAR C/ ANDRADE S.E.”, radicado en la Vocalía III del Tribunal de Familia.-

A fs. 15 se tiene por presentada a la nombrada y se ordena correr traslado de la contestación de demanda.-

A fs. 17 obra constancia de notificación del demandado J.M.A..-

A fs. 20 la actora contesta el traslado conferido. Se opone a las pretensiones de la demandada a no reducir el porcentaje de la cuota alimentaria existente. Manifiesta que la cuota alimentaria es una obligación de ambos padres y que la Sra. M.R.D. posee empleo ya que se desempeña como enfermera en el Hospital Nuestra Señora del C., a diferencia de la...

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