Sentencia nº 86173 de Tribunal del Trabajo Sala II de Provincia de Jujuy, de 11 de Mayo de 2006

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2006
EmisorTribunal del Trabajo Sala II

///ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los once días del mes de Mayo de año dos mil seis, se reúnen en dependencias del Poder Judicial los Sres. Vocales integrantes de la Sala II del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, D.. R.R.C., E.D.-nielG. y D.A.M., quienes bajo la Presidencia del pri-mero de los nombrados vieron y analizaron las constancias del Expte. NºB-86173/04, caratulado: “Despido incausado, preaviso y otros rubros: LEON, A.I. c.R., N.I.”, y luego de deliberar;

El Dr. Chazarreta dijo:

Que en autos comparece el Dr. P.B., apoderado de la Sra. A.I.L. promoviendo demanda por cobro de indemniza-ción por despido, preaviso, vacaciones, S.A.C., haberes adeudados, aportes pre-visionales, en contra de la Sra. N.I.R..-

Que al referirse a los antecedentes del caso nos relata que la actora ingresó a prestar servicios el 17.03.94 en tareas domésticas de limpieza y lavado de ropa del grupo familiar con un horarios de 08:00 a 13:00 hs., inclu-so los sábados, percibiendo la suma de $ 180.- por mes, sin hacérsele firmar recibos ni abonársele aguinaldo, ni otorgársele vacaciones, adeudándosele en diciembre del 2001 haberes de octubre y noviembre del 2001 y vacaciones por dos años. En esas circunstancias se redujeron sus tareas a tres días a la semana de cinco horas diarias y el 15.02.02 la actora remite carta documento intimando a regularizar la situación laboral y se le abonen rubros adeudados y otorguen tareas sin recibir repuestas de la demandada, por lo que la trabajadora efectivi-zó el apercibimiento y se dio por despedida mediante carta documento Nº 421464597 del 20.03.02. Se practica liquidación y se ofrece prueba.-

Que corrido el traslado de demanda comparece a contes-tarla el Dr. R.A.C. quien asume la representación de la demandada Sra. N.I.R. y luego de una negativa genérica en forma circuns-tanciada niega que sea procedente la demanda interpuesta y por los rubros que se indican, niega la fecha de ingreso de la trabajadora, el horario, la remunera-ción denunciada, niega que no se hayan entregado recibos, que se le haya redu-cido el tiempo de trabajo, que se haya reducido la remuneración, etc. (ver fs. 27 vta.).-

Que al exponer su versión de los hechos nos dice que las partes no se encuentran vinculadas por una relación laboral al menos como se relata en la demanda y que la demandada no pudo tenerla por cuanto se en-cuentra fuera de su domicilio real por razones de trabajo en Tesorería del...

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