Sentencia nº 23048 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15, 4 de Septiembre de 2006

Fecha de Resolución 4 de Septiembre de 2006
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 15

AUTOS Y VISTOS: los del presente Expte. Nº A-23048/04, caratulado: "DESALOJO: N.V.L.c/ J.L. y/o CUALQUIER OTRO OCUPANTE", del cual:

RESULTA: Que a fs. 08 comparece el Dr. L.R.S. DEFENSOR DE POBRES Y AUSENTES, en representación de la Sra. N.V.L.promoviendo juicio de desalojo en contra del Sr. J.L. y/o cualquier otro ocupante del inmueble ubicado en calle S.L. Nº 40 del Bº San Martín de esta ciudad de San Pedro de Jujuy manifiesta que su mandante mediante juicio sucesorio AB intestato de B.T.O.y M.C.P. de O. y J.O.O., Expte Nº 891/87 y ha sido trasmitida la propiedad individualizada como Lote Nº 8, de la Manzana Nº 75-B del plano oficial de esta ciudad.

Que dicho lote se encuentra ocupado por la demandada y su grupo familiar, quien lo ocupa indebidamente, y sin derecho alguno razón por la cual inicia esta demanda.

Cita derecho, ofrece prueba y peticiona para que se haga lugar a demanda con costas.-

Que corrido traslado de la demanda a fs. 18, comparece la Dra. S.E.F. en representación del Sr. J.A.L. contestando la demanda.

Interpone excepción de falta de acción por cuanto no ha quedado acreditado que la actora sea la titular del inmueble objeto de este juicio el que es ocupado por sus representados en virtud de un contrato de comodato otorgado por el Sr. H.V..

Ofrece prueba, impugna prueba de la contraria solicita beneficio de litigar sin gasto y peticiona por el rechazo de la demanda con costas.

Que corrido traslado de la contestación a fs. 24, comparece el Dr. L.S. solicitando el rechazo de la pretensión de la demandada,.

Niega lo manifestado por la misma, en especial niega autenticidad da la fotocopia simple del contrato de comodato que ofrece como prueba.

Peticiona finalmente para que se haga lugar a la demandanda en todas sus partes.

Que a fs. 28 se abre el juicio a prueba, periodo este que se clausura a fs. 37 vta.

Que a fs. 40, presenta alegato la Dra. F., haciéndolo el Dr. S. a fs. 41 y a fs. 43, pasan los autos para resolver-

Y CONSIDERANDO: Que la única defensa esgrimida por la demandada es negando la calidad de propietaria de la actora y esgrimiendo un contrato de comodato en fotocopia simple y carente de autenticación.

Respecto a lo primero la actora a demostrado ser propietaria del inmueble en cuestión con un testimonio de hijuela expedido por este mismo Juzgado en el juicio sucesorio ab intestato de B.T.O., M.C.P.de O.y J.O.O., de este mismo Juzgado y Secretaria, lo que constituye un instrumento publico equivalente a una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR