Sentencia nº 126677 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala I de Provincia de Jujuy, de 13 de Septiembre de 2006
Fecha de Resolución | 13 de Septiembre de 2006 |
Emisor | Cámara en lo Civil y Comercial Sala I |
SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Setiembre de 2006.
AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº B-126677/04, caratulado: “REVOCACION DE DONACION: S.F.Z. c/ ROSA MERCEDES VILTES Y:
CONSIDERANDO:
Que vienen éstos obrados en virtud del convenio arribado por las partes en autos, el que se transcribe a continuación: R.A.P., en nombre y representación de la Sra. R.M.V., conforme lo tengo acreditado en autos, y la Dra. E.B.R., en representación del Sr. S.F.Z. a V.E. con el debido respeto y como mejor proceda en derecho decimos: I.- Que las partes hemos arribado a un acuerdo transaccional para poner fin al litigio que dan cuenta estos obrados, el cual se expresa y quedará sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERO: Que el Sr. S.F.Z., reconoce como legítimo abono a favor de la actora y ésta acepta de plena conformidad y como única, total y definitiva obligación respecto de lo reclamado en esta causa en concepto de REVOCACION DE DONACION la suma de $ 15.000 (PESOS QUINCE MIL). SEGUNDA: Que la suma antes referida será abonada de la siguiente manera: la suma de $ 7.000 (PESOS SIETE MIL) a la fecha de la firma del presente convenio y el saldo, es decir la suma de $ 8.000 (PESOS OCHO MIL) en dieciséis (16) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 500 (PESOS QUINIENTOS) las que deberán ser abonadas del 1º al 10 de cada mes hasta cancelar el monto convenido. TERCERA: Las costas del presente juicio serán a cargo del Sr. Z. abonándose en concepto de honorarios de las letradas intervinientes en estos autos, tanto de la Dra. R. como de la Dra. P. la suma de $ 3.000 (PESOS TRES MIL) a cada una. CUARTA: Que asimismo las partes convienen Transformar en Divorcio por presentación conjunta el divorcio contencioso iniciado por el Sr. Z., F.. 2- Traducido el presente acuerdo una justa composición de los derechos e intereses de las partes, solicitamos se proceda a su homologación.
Que a fs. 140, la parte actora efectúa el depósito del monto correspondiente a la primera cuota dispuesta en el presente convenio, los que se ponen disposición de la parte demandada.
Que a fs. 144, las letradas intervinientes rectifican la primera cláusula del convenio, y en donde dice ACTORA, debe decir DEMANDADA, y ratifican el mismo en todos sus términos.
Por todo lo expuesto, la Sala Primera, de la Cámara Civil y Comercial,:
RESUELVE:
1) H. en todas sus partes en cuanto por derecho hubiere lugar y sin perjuicio de tercero, el presente convenio celebrado entre las partes, el que se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba