Sentencia nº 43604 de Cámara en lo Civil y Comercial Sala IV de Provincia de Jujuy, de 8 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 2011
EmisorCámara en lo Civil y Comercial Sala IV

///SAN PEDRO DE JUJUY, ocho de Setiembre de 2011.-

Y VISTOS:- Los de estos autos, Expte. NºA-43604/09 caratulado:- “INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS promovido po el Dr. H.R.C. en el Expte. NºA-04224/99 caratulado:- “ORDI-NARIO POR DAÑOS Y PERJUICIOS - H.D.R.; L. DEL VALLE FLORES y NATALIA BLANCA LUNA c/ CARLOS EDUAR-DO ORDOÑEZ; M.C.O.; E.B.P. y U.R.A.”, y:-

CONSIDERANDO:- I.- Que promovida ejecuciòn de sentencia y citada que fuera de remate los demandados CARLOS EDUARDO ORDO-ÑEZ, M.C.O., N.B.P. y U.R.A. en legal forma, no ha comparecido a oponer excepcio-nes legítimas que obsten al progreso de la ejecutoria (art. 462 Cód. P.. Civil), y encontrándose vencido el plazo para hacerlo - de conformidad con lo dispuesto por los arts.460; 485, cc. y ss. del Código Procesal Civil-, co-rresponde dictar sentencia, mandando llevar adelante la ejecución, haciendo efectivo el apercibimiento dispuesto respecto a la constituciòn de domicilio legal.-

Por ello esta Sala IV de la Cámara Civil y Comercial: ------------------------------------------------------------ RESUELVE:- -----------------------------------------

  1. - Mandar llevar adelante la presente ejecución, seguida por --- en contra de los demandados C.E.O., M.C.O., N.B.P. y UGO ROQUE ALVA-REZ hasta hacerse el acreedor íntegro pago de la suma de Pesos SE-TENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA ($71.160.-) en concepto de capital, a la que se aplicarán los intereses devengados al momento del pago defi-nitivo, calculados a la Tasa Pasiva Mensual que publica el Banco Central de la Repùblica Argentina (Com. 14290 BCRA) para el uso de la justicia.-

  2. - Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto respecto a la consti-tuciòn de domicilio legal (art.52 Cód. P.. Civil).-

  3. - Imponer las costas del proceso a los ejecutados (art.102 Cod. P.. Civil).-

  4. - Diferir la Regulaciòn de los honorarios profesionales del Dr. H.R.C. hasta tanto se practique planilla liquidatoria.-

  5. - Notifíquese a las partes; agréguese copia en autos, archívese, protocolícese, hágase saber, dése copia, etc.-

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