Sentencia nº 256449 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7, 27 de Septiembre de 2011

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2011
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 7

AUTOS Y VISTOS:

El expte. Nº B-256449/11 caratulado “INCIDENTE DE NULIDAD DE NOTIFICACION Y CONVENIO EN EXPTE. Nº B-214808/09", del que

RESULTA:

Que a fs. 1/15 se presenta la Dra. L.F. DE ULIVARRI en nombre y representación de TOLAY CRISTIAN MARIO RUPERTO, promoviendo incidente de nulidad en expte Nº B-214808/09 caratulado “EJECUTIVO CREDINEA S.A. C/ TOLAY CRISTIAN MARIO RUPERTO”. Expone que en el año 2007 su conferente tomo un crédito de consumo de la casa comercial CREDINEA que seria abonado en cuotas mensuales y consecutivas. Que la tasa pactada era inferior a la tasa que se pretendía cobrar extrajudicialmente y no pudo afrontar la totalidad de la deuda. Que posteriormente se presento en el estudio jurídico del Dr. A. y que el personal administrativo le informo que para evitar el reclamo judicial debía firmar unos papeles y que el Sr Tolay en estado de confusión, incapacidad para pensar con claridad y tomar decisiones firmo los papeles en blanco. Que en fecha 24 de junio de 2011 noto que se le había realizado un descuento del sueldo por embargo por lo que busco el asesoramiento letrado y al apersonarse en esa fecha al Juzgado a ver como estaba la causa se dio con la novedad de que existía un allanamiento a la demanda suscripto por la letrada C.P.C., dejando planteada la nulidad de ese convenio. También señala la falta de notificación del mandamiento de intimación de pago ya que en el mismo se informa que se mudo al Barrio Coronel Arias. Solicita levantamiento de embargo. Ofrece pruebas. Cita derecho. F. petitorio.-

A fs. 16 se tiene por presentada a la parte incidentista y se ordena correr traslado de la demanda a la contraparte.-

A fs. 27/30 se presenta el Dr. J.L.A., en nombre y representación de CREDINEA S.A. Se allana a la nulidad del convenio. F. negativa de hechos. Respecto de la nulidad de notificación expresa que la demanda se ha notificado en el domicilio constituido por el demandado al tiempo de la suscripción del pagare. En punto al pedido de nulidad del convenio solicita se anule el mismo y se dicte sentencia ordenando se aplique el 5% de intereses punitorios pactados sobre el crédito. Efectúa otras consideraciones. Ofrece prueba. F. petitorio.-

A fs. 31 se declara la cuestión como de puro derecho y se llaman autos para sentencia, providencia que a la fecha se encuentra firme y consentida.-

Y,

CONSIDERANDO:

En primer lugar quiero señalar, que lo que se plantea en autos es la nulidad del convenio agregado a fs. 18 de autos y...

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