Sentencia nº 90861 de Suprema Corte de Justicia de Mendoza Sala 2, 1ª Circunscripción, 23 de Febrero de 2009

PonenteLLORENTE, SALVINI, BÖHM
Fecha de Resolución23 de Febrero de 2009
EmisorSuprema Corte de Justicia de Mendoza Sala 2 - Primera Circunscripción

Fojas: 55

En Mendoza, a veintitrés días del mes de febrero del año dos mil nueve, reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario, tomó en consideración para dictar sentencia definitiva la causa N° 90.861, caratulada: "WEERT S.A. en J° 9472 "M.V.A.C.S.A. y OTS. S/ACUMULACION" S/INC.".

De conformidad con lo establecido en los arts. 140 y 141 del C.P.C. y Acordada N° 5845, quedó determinado el siguiente orden de votación de la causa por parte de los Señores Ministros del Tribunal: primero Dr. P.J.L., segundo Dr. H.A.S. y tercero Dr. C.B..

A N T E C E D E N T E S

A fs. 6/12 vta., W.S.A., por medio de representante, interpone recurso extra-ordinario de inconstitucionalidad contra la resolución dictada a fs. 62/63 vta.de los autos N° 9472, caratulados: "M.V.A. c/WeertS.A. y Ots. p/Acumulación Obje-tiva de Acciones", originarios de la Excma. Cámara Segunda del Trabajo de la Tercera Circunscripción Judicial.

A fs. 35 se admite formalmente el recurso interpuesto y se ordena correr traslado de la demanda a la contraria, quien a fs. 40/43, contesta solicitando su rechazo con cos-tas.

A fs. 49/51 corre agregado el dictamen del Sr. Procurador General, quien habi-éndose expedido en una causa análoga en autos N° 90.529 "W.S.A. en J° 20060 "M.M.M.L. c/Weert S.a. s/Acum. O.. de Acciones" s/Inc.", se remite a dicho dictamen en su parte pertinente.

A fs.53 vta. se llama al Acuerdo para sentencia y a fs. 54 se deja constancia del orden de estudio en la causa por parte de los Señores Ministros del Tribunal.

De conformidad con lo establecido por el art. 160 de la Constitución de la Pro-vincia, esta S. se plantea las siguientes cuestiones a resolver:

P R I M E R A: Es procedente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto?

S E G U N D A: En su caso, qué solución corresponde?

T E R C E R A: Pronunciamiento sobre costas.

SOBRE LA PRIMERA CUESTION EL DR. LLORENTE, dijo:

I- A fs. 6/12 vta. la Dra. P.B., por R.O.P. quien represen-ta a la empresa Weert S.A., interpone recurso de inconstitucionalidad en contra de la resolución de fs. 62/63 vta.del expediente n° 9472 "M.V.A. c/WeertS.A.y ots p/A.O.A.”, originarios de la Segunda Cámara del Trabajo de San Martín.-

II- Se funda la queja de inconstitucionalidad en el art. 150 inc. 3º y 4º del C.P.C., ya que la resolución atacada violenta abiertamente su derecho de defensa, pri-vándole de la oportunidad de ejercer su defensa, de ofrecer pruebas, máxime teniendo en cuanta que ha sido dejado fuera del proceso por causas no imputables a su parte en violación de las normas destinadas a resguardar las garantías constitucionales.

Persigue con el recurso la anulación total de la resolución impugnada, y se dicte en su lugar una nueva disponiendo se corra traslado de la demanda, restituyéndosele los términos que por imperio legal le corresponden.

III- Antecedentes de la causa:

La demanda originaria se promueve reclamando indemnizaciones correspon-dientes al despido de la actora, mas las especiales de las leyes 25561, 25323, art.80 LCT, y horas extras.

La demandada Verandes SRL se presenta, contestando la acción.

La co-demandada Weert SA declina notificación, interpone la nulidad de la misma, denunciando la existencia de vicios en el acto notificatorio que lo tornan nulo.

La Cámara rechaza el incidente de nulidad.

IV- Mi opinión

La queja articulada se funda en el art.150 inc. 3º y 4º del C.P.C., ya que la reso-lución atacada violenta abiertamente su derecho de defensa, privándole de la oportuni-dad de ejercer su defensa, de ofrecer pruebas, máxime...

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