Provincia de Buenos Aires.MINISTERIO DE ECONOMÍA.DIRECCIÓN PROVINCIAL DE DEUDA Y CRÉDITO PÚBLICO.Resolución Nº 5/11.La Plata, 9 de noviembre de 2011.VISTO el expediente 2300-1077/11, las Leyes Nº 12.836, Nº 13.436 y Nº 14.199, los Decretos Nº 577/06, Nº 206/07 B, y Nº 1.826/08, y CONSIDERANDO:Que la Ley Nº 12.836 estableció un régimen de consolidación de deudas a cargo del Estado Provincial que tengan causa o título anterior al 30 de noviembre de 2001;Que dicho régimen ha sido modificado por la Ley Nº 13.436, incorporando a la posibilidad de pago con Bonos de Consolidación ya existente una alternativa de pago en efectivo de las obligaciones consolidadas, de acuerdo a un orden de prelación en función de la causa originaria de las obligaciones consolidadas;Que el artículo 5º de la Ley Nº 13.436 establece que la Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 12.836 determinará anualmente, en base a una proyección del total de obligaciones a ser comprendidas en los alcances de la Ley Nº 12.836, los recursos necesarios a los efectos de atender las solicitudes de pago en efectivo a que se refiere el artículo 16 inciso b) de la Ley Nº 12.836, previsión que integrará la Ley General de Presupuesto del ejercicio fiscal correspondiente y deberá ser consecuente con las previsiones de recursos y gastos contenidas en la misma;Que el monto así determinado no podrá ser inferior al cuatro por ciento (4%) del total de obligaciones a ser consolidadas, según se desprenda de la estimación que la Autoridad de Aplicación realice;Que en tal sentido, la Ley Nº 14.199 de Presupuesto para el Ejercicio 2011 destina al Procedimiento de Pago en Efectivo de la Ley Nº 13.436 la suma de pesos veinte millones ($ 20.000.000) de capital para el año en curso -monto que se divide en cuatro (4) trimestres cada año- con más los intereses correspondientes;Que el cupo presupuestario correspondiente al segundo trimestre del año 2011 permitió cancelar acreencias por un total de pesos cuatro millones doscientos treinta y sietemil quinientos noventa y siete con treinta y siete centavos ($ 4.237.597,37) de capital, existiendo un remanente de pesos ocho millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos sesenta y ocho con setenta y cuatro centavos ($ 8.364.268,74); Que, en consecuencia, el presupuesto disponible para el tercer trimestre del año asciende a pesos trece millones trescientos sesenta y cuatro mil doscientos sesenta y ocho con setenta y cuatro...

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