Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Noviembre de 2011, M. 369. XLVII

Fecha29 Noviembre 2011
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 369. XLVII.

RECURSO DE HECHO M., L.G. y otros s/ p.ss.aa. encubrimiento agravado —causa n° 138.103—. Buenos Aires, 29 de noviembre de 2011 Vistos los autos:

Recurso de hecho deducido por el Defensor Oficial de L.;Gabriel Mansilla en la causa M., L.;Gabriel y otros s/ p.ss.aa. encubrimiento agravado —causa nº 138.103—

, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación motivó la presente queja es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja.

Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. N. y archívese. E.;I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M.

ARGIBAY.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por L.;Gabriel Mansilla, representado por el Dr. H.;Carranza, Asesor Letrado Penal. Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba.

Tribunal que intervino con anterioridad:

Cámara Undécima del Crimen de la ciudad de Córdoba. -1-

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