Case nº C. 1092. XLVI of Corte Suprema de Justicia de la Nación, July 05, 2011
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C. 1092. XLVI.
RECURSO DE HECHO Coronel, Héctor Eloy s/ abuso sexual con acceso carnal —causa nº 223/9—. Buenos Aires, 5 de julio de 2011 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la defensa de Héctor Eloy Coronel en la causa Coronel, Héctor Eloy s/ abuso sexual con acceso carnal —causa nº 223/9—”, para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el apelante no ha dado cumplimiento al recaudo establecido en el art. 7º, inc. c del reglamento aprobado por la acordada 4/2007, por lo que corresponde declarar inadmisible esta presentación directa.
Por ello, se desestima la queja.
Intímese al recurrente para que dentro del quinto día de notificado efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Hágase saber y archívese. RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO (según su voto)- ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI (según su voto)- CARMEN M. ARGIBAY.
ES COPIA VO-1-
C. 1092. XLVI.
RECURSO DE HECHO Coronel, Héctor Eloy s/ abuso sexual con acceso carnal —causa nº 223/9—. TO DE LA SEÑORA VICEPRESIDENTA DOCTORA DOÑA ELENA I. HIGHTON de NOLASCO Y DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAÚL ZAFFARONI Considerando:
Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se desestima la queja.
Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, acompañe copia de la resolución que concede el beneficio de litigar sin gastos o efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Hágase saber y archívese. ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - E. RAÚL ZAFFARONI.
ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por Eves Omar Tejeda, abogado defensor de Héctor Eloy Coronel. Tribunal de origen: Tribunal Superior de Justicia de Neuquén. Tribunales que intervinieron anteriormente:
Cámara en Todos los Fueros de la ciudad de Cutral Có, provincia del Neuquén. -3-
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