Case nº M. 773. XLVI of Corte Suprema de Justicia de la Nación, December 28, 2010

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M. 773. XLVI.

RECURSO DE HECHO Milano, Carlos Alberto c/ Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. y otro s/ daños y perjuicios.

Año del Bicentenario    Buenos Aires, 28 de diciembre de 2010 Vistos los autos:

“Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Milano, Carlos Alberto c/ Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. y otro s/ daños y perjuicios”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los apelantes no han cumplido con el recaudo previsto por el artículo 7º, inc. c, del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por ello, se desestima la queja y se da por perdido el depósito de fs.

2.

Notifíquese y archívese.

RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA.

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. y Luis Alberto Otero, en su carácter de demandados, representados por su letrado apoderado, Dr. Luis María Novillo Linares, con el patrocinio letrado del Dr. Nicolás Sergio Novoa. Tribunal de origen: Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 78. -1-   


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