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La carga probatoria impuesta a la parte actora a raíz de la invocación de la demandada de ser poseedora a título de dueña del inmueble cuyo recupero se persigue y que consiste en la demostración de la calidad de tenedor precario del ocupante, no ha sido cumplida. Por la inversión del onus probandi quedó a cargo de Rosendo Ariel Navarro acreditar que Armando Morales era un simple tenedor, es decir que ocupaba el inmueble reconociendo la propiedad de la cosa en otro, es decir que usaba la cosa por un título revocable a voluntad de quien lo había autorizado a ello y por tanto se oponía indebidamente a la desocupación del inmueble.
La carga de la prueba en el juicio de desalojo cuando se invoca posesión, corresponde al actor, quien debe acreditar acabadamente la calidad de tenedor precario o intruso atribuido al demandado, en cuyo caso éste no podrá oponerse al progreso de la acción, a menos que demuestre a su vez haber intervertido del título originario.
... contra el locatario, sublocatario, tenedor precario, intruso o cualquier otro ocupante cuya o...
Materia: Derecho Civil Tipo de ResoluciÃn: Sentencia Voces: Desalojo - Juicio de Desalojo-tenencia Precaria-poseedor-interversion de Titulo-requisitos Extrinsecos Texto: El precarista no es poseedor, porque la precariedad, ciertamente, no es vicio de la posesión, sino su negación misma: la precariedad caracteriza la tenencia y los precaristas o tenedores no son otros que los locatarios, comodatarios, depositarios, etc. Empero, hay que distinguir entre aquellos tenedores que se niegan a restituir la cosa sin realizar actos exteriores idóneos para producir la interverción del título y aquellos que practicaron tales actos y obtuvieron el resultado querido. Referencias Normativas: Norma: Ley Arancelaria nº: 3641 art.: 282 - Norma: Ley Arancelaria nº: 3641 art.: 21 Expediente: 24703 - Foe...
... soluciona en su hipótesis de comodato precario cómo juega la falta de fijación de plazo de ...
Materia: Derecho Civil Tipo de Resolución: Sentencia Voces: Desalojo - Carga Probatoria-posesion Texto: La carga probatoria impuesta a la parte actora a raíz de la invocación de la demandada de ser poseedora a título de dueña del inmueble cuyo recupero se persigue y que consiste en la demostración de la calidad de tenedor precario del ocupante, no ha sido cumplida. Por la inversión del onus probandi quedó a cargo de Rosendo Ariel Navarro acreditar que Armando Morales era un simple tenedor, es decir que ocupaba el inmueble reconociendo la propiedad de la cosa en otro, es decir que usaba la cosa por un título revocable a voluntad de quien lo había autorizado a ello y por tanto se oponía indebidamente a la desocupación del inmueble. Referencias Normativas: Norma: Código Procesal Administr...
IMPUESTOS. IMPUESTOS EN PARTICULAR. Varios. Ley 21.771. Desgravación. Por sentencia de esta Sala en la causa: "Camarero, Juan Carlos", del 15/9/89, confirmada por la C.S.J.N. con fecha 10/3/92 (Fallos 315:257), se sostuvo que "La tipificación que se reconozca al convenio celebrado por las partes de acuerdo a su naturaleza jurídica -mandato, sociedad, locación de obra y compraventa de la parte indivisa de terreno, etc- no obsta a la exteriorización de la voluntad de los intervinientes acerca de la inversión concreta para la construcción de viviendas que encuadren en las categorías económicas o común (Clasificación de la Secretaría de Estado de Desarrollo Urbano y Vivienda) destinadas a la locación, y al goce de la franquicia fiscal que conllevan para las partes que intervinieron en ...
Materia: Derecho Civil Tipo de Resolución: Sentencia Voces: Desalojo - Carga Probatoria-posesion Texto: La carga probatoria impuesta a la parte actora a raíz de la invocación de la demandada de ser poseedora a título de dueña del inmueble cuyo recupero se persigue y que consiste en la demostración de la calidad de tenedor precario del ocupante, no ha sido cumplida. Por la inversión del onus probandi quedó a cargo de Rosendo Ariel Navarro acreditar que Armando Morales era un simple tenedor, es decir que ocupaba el inmueble reconociendo la propiedad de la cosa en otro, es decir que usaba la cosa por un título revocable a voluntad de quien lo había autorizado a ello y por tanto se oponía indebidamente a la desocupación del inmueble. Referencias Normativas: Norma: Código Procesal Administr...
... fue poseedor, sino un simple locatario o tenedor del bien en cuestión, lo que fuera reconocido en ... la interversión al negarse el tenedor precario a devolver la cosa en el juicio de desalojo por co...
Materia: Derecho Civil Tipo de Resolución: Sentencia Voces: Desalojo - Carga Probatoria-posesion Texto: La carga probatoria impuesta a la parte actora a raíz de la invocación de la demandada de ser poseedora a título de dueña del inmueble cuyo recupero se persigue y que consiste en la demostración de la calidad de tenedor precario del ocupante, no ha sido cumplida. Por la inversión del onus probandi quedó a cargo de Rosendo Ariel Navarro acreditar que Armando Morales era un simple tenedor, es decir que ocupaba el inmueble reconociendo la propiedad de la cosa en otro, es decir que usaba la cosa por un título revocable a voluntad de quien lo había autorizado a ello y por tanto se oponía indebidamente a la desocupación del inmueble. Referencias Normativas: Norma: Código Procesal Administr...
EJECUCION HIPOTECARIA. CONTRATO DE CONCESION. OPONIBILIDAD. FECHA CIERTA ANTERIOR A LA INSCRIPCION O CONSTITUCION DE LA HIPOTECA. FICHA N° 10.055. A LOS EFECTOS DE QUE LA LOCACION DEL BIEN HIPOTECADO SEA OPONIBLE A TERCERO S -COMO LO ES LA ACTORA RESPECTO DEL CONTRATO DE CONCESION REFERIDO- ES NECESARIO QUE EL CONTRATO TENGA FECHA CIERTA ANTERIOR A LA INSCRIPCION O CONSTITUCION DE LA HIPOTECA (CFR. CNCIV., SALA A, DEL 23.12.96, LL 1997-C-4 6; SALA B, 31.3.71, ED. 37-.184, SALA D, DEL 17.2.75 JA 27-1975, INDICE, PAG. 72 Y SALA F, DEL 25.6.98, LL 1999-D-496, ENTRE OTROS; BUERES-HIGHTON, CODIGO CIVIL Y NORMAS COMPLEMENTARIAS, ANALISIS DOCTRINARIO Y JURISPRUDENCIAL, T. 5, PAG. 1351), EXTREMO QUE NO SE VERIFICA EN ESTE CASO, HABIDA CUENTA DE QUE E L REGISTRO FUE POSTERIOR.# DE LAS CARRE...
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