ley 10973
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Febrero de 2021, expediente I 76850
El art. 3 inc. "a" de la ley 10.973, por la cual se impide la doble matriculación de quienes se hayan titulado de abogado y martillero y corredor público, igual que como ocurre con la ley 5177 modificada, establece una incompatibilidad absoluta que, prima facie, no luce ajustada a las garantías constitucionales involucradas en la controversia: el principio de igualdad, el derecho a la enseñanza y
... 3 INC. E DE LA LEY 5177 Y ART. 3 INC. A DE LA LEY 10973” ... AUTOS Y VISTOS: ... I. Juliana Lucila Pavanel Egea, con el patrocinio letrado de la doctora Amelia Elisa Egea, promovió la presente acción ... -
Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 27 de Mayo de 2021, expediente I 76963
El art. 3 inc. "a" de la ley 10.973, por la cual se impide la doble matriculación de quienes se hayan titulado de abogado y martillero y corredor público, igual que como ocurre con la ley 5177 modificada, establece una incompatibilidad absoluta que, prima facie, no luce ajustada a las garantías constitucionales involucradas en la controversia: el principio de igualdad, el derecho a la enseñanza y
... DEMANDA ORIGINARIA DE INCONSTITUCIONALIDAD ART. 3 INC. "E" DE LA LEY 5177 Y ART. 3 INC. A DE LA LEY 10973” ... AUTOS Y VISTOS: ... I. Javier Oscar Sesto, con el patrocinio letrado del doctor Eduardo Oscar Sesto, promovió la presente acción originaria ... -
Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 8 de Noviembre de 2000, expediente I 2085
La Provincia a través de la ley 10.973 reguló el ejercicio de la profesión de martillero y corredor público en uso del llamado poder de policía, en virtud del cual se encuentran facultadas para reglamentar el ejercicio de las profesiones liberales, sin otra limitación que la que se deriva del art. 28 de la Constitución nacional.
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Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 8 de Noviembre de 2000, expediente I 2085
Inconstitucionalidad - Inconstitucionalidad - Requisitos - La tacha de inconstitucionalidad debe ser suficiente y en caso de deficiencia argumental, esta no puede ser suplida por el Tribunal debiendo rechazarse el planteo. Inconstitucionalidad - Inconstitucionalidad - Requisitos - Constituye un requisito indispensable para la suficiencia de la acción de inconstitucionalidad la exposición del
- Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 24 de Marzo de 1998, expediente P 64024
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Varios Publicados en la Fecha 24 de Febrero de 2009
... Ley 10973", instruida por el delito de Inf. Ley 10973, en los términos del art. 129 del C.P.P. cita a NORA INES SCHENKMAN, con último domicilio en La Pampa ...
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Varios Publicados en la Fecha 17 de Febrero de 2009
... Ley 10973", instruida por el delito de Inf. Ley 10973, en los términos del arto 129 del C.P.P. cita a LlLIANA ASLAN y NELlDA RODRIGUEZ, con último domicilio ...
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 28 de Octubre de 2021, expediente I 77363
El art. 3 inc. "a" de la ley 10.973, por la cual se impide la doble matriculación de quienes se hayan titulado de abogado y martillero y corredor público, igual que como ocurre con la ley 5177 modificada, establece una incompatibilidad absoluta que, prima facie, no luce ajustada a las garantías constitucionales involucradas en la controversia: el principio de igualdad, el derecho a la enseñanza y
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Publicaciones de la Sección Judicial de 25 de Octubre de 2018
... El martillero percibirá del comprador el 10% de comisión y el 21% correspondiente al I.V.A. (art. 54 ap. I inc. b de la ley 10973 y art. 2 Ley 23.349). Las deudas por patentes impagas serán a cargo del comprador quién deberá constituir -en el acto de la firma del boleto de ...
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 23 de Septiembre de 2020, expediente Rc 124057
Las decisiones de los tribunales colegiados en materia de honorarios, tanto en lo que hace a la regulación en sí misma, como a las bases o pautas ponderadas para llegar a su determinación son, por regla, irrecurribles por vía extraordinaria (art. 57, 2do. párrafo, dec. ley 8904). Este criterio es igualmente aplicable cuando se cuestiona la regulación de los honorarios de los martilleros (art. 57,
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 16 de Junio de 2020, expediente Rc 123943
Las decisiones de los tribunales colegiados en materia de honorarios, tanto en lo que hace a la regulación en sí misma, como a las bases o pautas ponderadas para llegar a su determinación son, por regla, irrecurribles por vía extraordinaria (art. 57, 2do. párrafo, dec. ley 8904). Este criterio es igualmente aplicable cuando se cuestiona la regulación de los honorarios de los martilleros (art. 57,
- Publicaciones de la Sección Judicial de 23 de Julio de 2018
- Ley 13.325
- Publicaciones de la Sección Judicial de 25 de Junio de 2018
- Publicaciones de la Sección Judicial de 10 de Octubre de 2019
- Varios publicados en la fecha 27 de marzo de 2012
- Varios publicados en la fecha 29 de marzo de 2012
- Varios publicados en la fecha 23 de marzo de 2012
- Publicaciones de la Sección Judicial de 15 de Octubre de 2019
- Publicaciones de la Sección Judicial de 08 de Octubre de 2019
- Publicaciones de la Sección Judicial de 16 de Octubre de 2019
- Varios publicados en la fecha 28 de marzo de 2012
- Varios publicados en la fecha 26 de marzo de 2012
- Publicaciones de la Sección Oficial de 25 de Noviembre de 2021
- Publicaciones de la Sección Oficial de 17 de Febrero de 2017