deber juridico

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  • RECURSO DE CASACIÓN - SENTENCIA - TRIBUNAL COLEGIADO - MAYORÍA - VOTOS – FUNDAMENTACIÓN – COSTAS – MATERIA PREVISIONAL – IMPOSICIÓN POR EL ORDEN CAUSADO – NUEVA LEGISLACIÓN – ALCANCE.

    ... - Tessone: "La Alzada, poderes y deberes", Ed. Platense 1993, págs. 237 y 238). En efecto,... de fundamentación que el ordenamiento jurídico vigente impone para la validez de toda decisión j...

  • ...5461/5462, 6113/6144]. La diligencia deberá efectuarse según las reglas del saber médico, cu... de que “Ninguno de los principios jurídicos arriba expuestos […] han sido tenidos en cuenta ...

  • No hay duda alguna de que el cumplimiento del régimen de visitas por parte de la madre y/o su deber de no obstaculizarlo constituye un deber jurídico específico o particular, categoría jurídica que se diferencia de la obligación, en sentido técnico expresada, en que carece de contenido patrimonial. Por consiguiente, la pretensión de la ejecución no es susceptible de apreciación pecuniaria, aún cuando el actor haya pedido - y el juez concedido - la aplicación de astreintes para el caso de incumplimiento. Dos de los caracteres que destacan la figura de las astreintes llevan sin duda a la conclusión anticipada de que, al menos en esta etapa, no tiñe a esta pretensión no patrimonial con aspectos pecuniarios. Son arbitrarias, o con más precisión, discrecionales, en el sentido que el juez pue...

  • Materia: Derecho Civil Tipo de ResoluciÛn: Auto Voces: Regimen de Visitas - Astreintes-honorarios-ejecucion Texto: No hay duda alguna de que el cumplimiento del régimen de visitas por parte de la madre y/o su deber de no obstaculizarlo constituye un deber jurídico específico o particular, categoría jurídica que se diferencia de la obligación, en sentido técnico expresada, en que carece de contenido patrimonial. Por consiguiente, la pretensión de la ejecución no es susceptible de apreciación pecuniaria, aún cuando el actor haya pedido - y el juez concedido - la aplicación de astreintes para el caso de incumplimiento. Dos de los caracteres que destacan la figura de las astreintes llevan sin duda a la conclusión anticipada de que, al menos en esta etapa, no tiñe a esta pretensión no patri...

  • Materia: Derecho Civil Tipo de ResoluciÛn: Auto Voces: Regimen de Visitas - Astreintes-honorarios-ejecucion Texto: No hay duda alguna de que el cumplimiento del régimen de visitas por parte de la madre y/o su deber de no obstaculizarlo constituye un deber jurídico específico o particular, categoría jurídica que se diferencia de la obligación, en sentido técnico expresada, en que carece de contenido patrimonial. Por consiguiente, la pretensión de la ejecución no es susceptible de apreciación pecuniaria, aún cuando el actor haya pedido - y el juez concedido - la aplicación de astreintes para el caso de incumplimiento. Dos de los caracteres que destacan la figura de las astreintes llevan sin duda a la conclusión anticipada de que, al menos en esta etapa, no tiñe a esta pretensión no patri...

  • Materia: Derecho Civil Tipo de ResoluciÛn: Auto Voces: Regimen de Visitas - Astreintes-honorarios-ejecucion Texto: No hay duda alguna de que el cumplimiento del régimen de visitas por parte de la madre y/o su deber de no obstaculizarlo constituye un deber jurídico específico o particular, categoría jurídica que se diferencia de la obligación, en sentido técnico expresada, en que carece de contenido patrimonial. Por consiguiente, la pretensión de la ejecución no es susceptible de apreciación pecuniaria, aún cuando el actor haya pedido - y el juez concedido - la aplicación de astreintes para el caso de incumplimiento. Dos de los caracteres que destacan la figura de las astreintes llevan sin duda a la conclusión anticipada de que, al menos en esta etapa, no tiñe a esta pretensión no patri...

  • Materia: Derecho Civil Tipo de ResoluciÛn: Auto Voces: Regimen de Visitas - Astreintes-honorarios-ejecucion Texto: No hay duda alguna de que el cumplimiento del régimen de visitas por parte de la madre y/o su deber de no obstaculizarlo constituye un deber jurídico específico o particular, categoría jurídica que se diferencia de la obligación, en sentido técnico expresada, en que carece de contenido patrimonial. Por consiguiente, la pretensión de la ejecución no es susceptible de apreciación pecuniaria, aún cuando el actor haya pedido - y el juez concedido - la aplicación de astreintes para el caso de incumplimiento. Dos de los caracteres que destacan la figura de las astreintes llevan sin duda a la conclusión anticipada de que, al menos en esta etapa, no tiñe a esta pretensión no patri...

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