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El Sueldo Anual Complementario (SAC) no es una remuneración de pago mensual, como lo exige el art. 245 LCT, como condición para su consideración en la base del cálculo de la indemnización por despido. Esto, no se modifica con la nueva redacción del art. 245 LCT, según la reforma introducida por la ley 25877, que sustituyó el término percibida por devengada, pero aplicando el límite de que la misma revista el carácter de mensual y habitual. Y precisamente el sueldo anual complementario carece de estas notas, en tanto aun cuando se lo devengue mensualmente, lo cierto es que no constituye una remuneración mensual, normal y habitual en el sentido del artículo referido. Lo dispuesto en el art. 123 LCT no es óbice para lo sostenido, en tanto solamente pretende resguardar el derecho ...
... liquidación y en el cálculo de la antigüedad. . Detalla los motivos por los cuales no considera...
Laboral - Despido - Indemnización por antiguedad - A los fines del art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, para determinar la mejor remuneración mensual normal y habitual percibida por el trabajador, deben traducirse a valores constantes al momento del distracto las retribuciones abonadas durante el último año de labor anterior al despido y luego fijar la base numérica que tiene que computarse para efectuar el cálculo respectivo. LEY 20744 Art. 245 (t.o.) Laboral - Despido - Indemnización por antiguedad - A la base para el cálculo de la indemnización por antiguedad debe adicionársele la parte proporcional del sueldo anual complementario, en razón de tratarse de un salario diferido.
CONCURSOS: PROCESO DE VERIFICACION. DEMANDA DE VERIFICACION. CREDITOS LABORALES. PROCEDENCIA. HORAS EXTRAS. PAGO EN NEGRO. RECONOCIMIENTO. BASE PARA EL CALCULO DE PREAVISO, ANTIGÜEDAD, VACACIONES, SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO E INTEGRACION DEL MES DE DESPIDO. .16.2. SI EL A QUO RECONOCIO EL PAGO DE LAS HORAS EXTRAS ABONADAS EN NEGRO, PROCEDE -COMO EN EL CASO- LA PRETENSION DEL INCIDENTISTA EN CUANTO A QUE SE TOME COMO BASE PARA EL CALCULO DEL PREAVISO, INDEMNIZACION POR ANTIGÜEDAD, INTEGRACION DE DESPIDO, VACACIONES Y SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO, LA MEJOR REMUNERACION, INCLUYENDO PARA ELLO, LAS SUMAS QUE SE LE ABONARON DE FORMA IRREGULAR. ES DECIR, QUE EL CONCEPTO DE MEJOR REMUNERACION DEBE COMPUTAR EL PAGO DE LAS HORAS COMPLEMENTARIAS RECONOCIDAS EN LA ANTERIOR INSTANCIA, PUES T...
Laboral - Despido - Indemnización por antiguedad - A los fines del cálculo de la indemnización del art. 245 de la L.C.T la mejor remuneración mensual, normal y habitual debe incluír el total de los ingresos de carácter remuneratorio cualquiera sea su modalidad, como así también el sueldo anual complementario en razón de tratarse de un salario diferido. LEY 20744 Art. 245 (t.o.) Laboral - Trabajador no registrado - Intimación - Es contrario al espíritu que surge de la ley 24013, premiar al empleador que ante la intimación de su dependiente para que registre su verdadera fecha de ingreso, niega la que denuncia el trabajador y ubica el inicio de la relación varios meses después de su real comienzo. LEY 24013
... inicial; y, en cambio, rechazó la indemnización reclamada con fundamento en el art. 80 LCT. A fin ...Juez a quo calculó la indemnización por antigüedad, la indemnizaci...
Laboral - Sentencia - Congruencia - El principio de congruencia se refiere a la introducción de cuestiones de hecho en forma sorpresiva y no infringe tal regla el fallo que, en función propia de la judicatura, resuelve el encuadre jurídico del caso para lo que no puede dejar de lado la norma de fondo que rige la materia de que se trata. Laboral - Despido - Indemnización por antigüedad - A los efectos del cálculo de la indemnización por antigüedad no corresponde utilizar la remuneración del mes de despido no trabajado en su totalidad, ya que la integración de dicho mes tiene naturaleza indemnizatoria distinta a la de los haberes remunerativos del trabajo efectivamente prestado (arts. 231, 233 y 245, Ley de contrato de trabajo). LEY 20744 Art. 231 (t.o.) ; LEY 20744 Art. 233 (t.o....
Materia: Derecho Procesal Del Trabajo Tipo de Resolución: Sentencia Voces: Contrato De Trabajo- Viajante-despido-indemnizacion Por AntigÜedad-calculo-mejor Remuneracion Normal Y Habitual-preaviso-empleo De Promedio Texto: Para proceder al cálculo de la indemnización por antigüedad (art. 245 L.C.T.), en el caso de viajantes de comercio, cuya remuneración es variable, no debe recurrirse a un promedio, sino a la mejor remuneración normal y habitual en términos absolutos. Pero ese concepto es inaplicable al preaviso, toda vez que el art. 232 difiere del anteriormente citado y prevé un supuesto fáctico distinto, pues no hay razones para presumir que durante el plazo de preaviso emitido el trabajador pudiera devengar una remuneración idéntica a la mejor o a la menor, y aquí sí se justifica e...
Laboral - Despido - Indemnización por antiguedad - A los fines del cálculo de la indemnización del art. 245 de la L.C.T la mejor remuneración mensual, normal y habitual debe incluír el total de los ingresos de carácter remuneratorio cualquiera sea su modalidad, como así también el sueldo anual complementario en razón de tratarse de un salario diferido. LEY 20744 Art. 245 (t.o.) Laboral - Despido - Indemnización por antiguedad - A los fines de determinar cuál es la mejor remuneración mensual normal y habitual percibida por el trabajador conforme el art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, deben traducirse a valores constantes al momento del distracto las retribuciones abonadas durante el último año de labor anterior al despido y luego fijar la base numérica que tiene que comput...
SERVICIO DOMÉSTICO - INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO - FALTA DE PREAVISO Y ANTIGUEDAD - CERTIFICADOS DE SERVICIOS - INJURIA LABORAL - DESPIDO INDIRECTO - RECHAZO PARCIAL DE LA DEMANDA - INTEGRACIÓN - ASIGNACIONES FAMILIARES - S.A.C. (VACACIONES NO GOZADAS) - INDEMNIZACIÓN AGRAVADA (ART. 16, LEY 25.561).
... SAC de vacaciones no gozadas porque su cálculo no se realiza sobre prestaciones que no equivalen ...
Laboral - Despido - Indemnización por antiguedad - A los fines del cálculo de la indemnización del art. 245 de la L.C.T la mejor remuneración mensual, normal y habitual debe incluír el total de los ingresos de carácter remuneratorio cualquiera sea su modalidad, como así también el sueldo anual complementario en razón de tratarse de un salario diferido. LEY 20744 Art. 245 (t.o.) Laboral - Despido - Indemnización por antiguedad - Para cumplimentar debidamente con el art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo la determinación de la indemnización debe efectuarse sobre la base de la mejor remuneración mensual percibida en el año anterior al despido establecido según valores homogéneos a cuyos fines la repotenciación de los mismos debe efectuarse según el índice del salario del peón in...
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