abuso sexual corrupcion menores
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...RECURSO DE HECHO Mira, Claudio Daniel s/ abuso sexual gravemente ultrajante, en concurso ideaal con corrupción de menores agravada Ccausa n°10.033C. Año del ...
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RECHAZA EL RECURSO DEL AGENTE NELSON R. TRAVAGLI CONTRA LA RESOLUCIÓN N° 3.221/SED/02 - RECHAZO DE RECURSOS - RECURSO JERÁRQUICO - SANCIONES A AGENTES - SANCIÓN DE CESANTÍA - SUMARIO 801-95 - RESPONSABILIDADES - DIRECTOR DE ESCUELA - ESCUELA 6 D.E. 7 - DOCENTE - ABUSO DE MENORES - CORRUPCIÓN DE MENORES - ABUSO DESHONESTO - ABUSO SEXUAL
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...RECURSO DE HECHO Mira, Claudio Daniel s/ abuso sexual gravemente ultrajante, en concurso ideaal con corrupción de menores agravada Ccausa n°10.033C. Año del ...
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CORRUPCION DE MENORES. Principio de legalidad. Tocamientos. Abuso sexual. Procesamiento.
La corrupción, según el principio de legalidad, debe referirse a actos con contenido perverso que produzcan un daño en la víctima. Si el imputado abusó sexualmente de su hijo, al menos en tres oportunidades, pasando su miembro viril por la cola y el resto del cuerpo del menor, como así también lo habría obligado a que éste efectuara tocamientos sobre su cuerpo, para finalmente eyacular, no se configura el delito previsto y reprimido por el art. 125, 1° y último párrafo del C.P. -corrupción de menores-, sino que la entidad de los actos de abuso no exceden la figura prevista por el art. 119, primer y último párrafo, del citado cuerpo legal. Por ello, debe confirmarse parcialmente el procesamiento d...
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..., Andrés Ricardo s/ promoción a la corrupción de menores agravada y continuada en concurso ideall con abuso sexual con acceso carnal agravado y continuado...
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...277. XLIV. Ramírez, Walter de la Cruz s/ abuso sexual gravemente ultrajante y corrupción de meno... gravemente ultrajante y corrupción de menores agrav. en c. i.". Considerando:. Que esta Corte co...
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...Dávila, Alejandro Carlos s/ abuso sexual simple y corrupción de menores Ccausa n° ...
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Materia: Procesal
Tipo de Resolución: Sentencia
Voces: In Dubio Pro Reo- Fundamentos
Texto: La existencia de la duda no depende de que el juez se plantee la situación de duda, depende de las circunstancias objetivas que surjan de la causa, y de la debida fundamentación de las resoluciones. Dicho en otras palabras, el estado de duda del juzgador, debe derivar de una evaluación racional y objetiva de las constancias del proceso y del análisis del plexo probatorio, en forma conjunta, no incurriendo en una ponderación aislada o fragmentaria lo que resultaría violatorio de la sana crítica racional. Para absolver no se necesita la convicción de que la acusación carece de fundamento, también tienen el mismo efecto la pura duda, y la probabilidad. (VOTO DR. BOHM)
Referencias Normativas:
Expe...
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